Derecho en breve
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Publicación Declaración sobre el acceso universal y equitativo a las vacunas contra la COVID-19 (Traducción no oficial)Comité de Derechos Económicos, Sociales y CulturalesPresentamos una Declaración del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales para que los Estados adopten medidas contra la Covid-19 basadas en los derechos humanos. Se espera que una vacuna segura y efectiva reduzca los riesgos que la COVID-19 plantea para la salud y la vida, permitiendo, al mismo tiempo, el levantamiento progresivo de algunas de las medidas restrictivas que han sido necesarias para hacer frente a la propagación del virus. También ayudará a recuperarse de los graves efectos negativos que estas medidas han tenido en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente de las poblaciones más desfavorecidas y marginadas. Si bien esta declaración se refiere esencialmente al acceso equitativo y universal a las vacunas para COVID-19, el Comité considera que sus principales consideraciones son pertinentes, con los cambios necesarios, en relación con las obligaciones de los Estados de garantizar también el acceso universal y equitativo al tratamiento para la COVID-19. Esta traducción fue elaborada por Dejusticia con el fin de contribuir a la difusión de un documento que consideramos de relevancia pública. No es una traducción oficial de Naciones Unidas. Todos los errores son nuestros.Publicación El efecto dominó en los casos de drogadicción: el principio de “tratamiento en lugar de judicialización” avanza en los juzgados luego de una decisión histórica de casaciónKarim NammourEste artículo discute los distintos caminos que se tomaron en el transcurso del litigio estratégico que apuntaba a consagrar el derecho de los familiares de las personas desaparecidas durante la guerra civil en el Líbano a saber qué pasó con ellas, o como se denominó, "el derecho a saber". Además, aborda los motivos por los que utilizar el litigio estratégico permite trasladar efectivamente un tema de la arena política a la judicial; los criterios que utiliza y las cosideraciones hechas en la selección de los casos, y los métodos de trabajo. Finalmente, el artículo plantea las herramientas que se deben tener en cuenta para estar preparado para abordar las acciones de la corte en los medios, y combatir cualquier reincidencia judicial al respecto o cualquier intervención de los poderes políticos que pretenda reorientar la corte o prevenir la implementación de sus fallos.Publicación Caso 260 de 2013 Sentencia no. 260/20133ª Sala Penal del Tribunal de CasaciónEn el Líbano el principio de "tratamiento en lugar de judicialización" quedó inactivo por más de quince años, luego de que la Ley de Drogas fuera aprobada en el año 1998, pero no se activaran sus mecanismos. La lógica punitiva se mantuvo en el trabajo de judicialización de los delitos asociados a la drogadicción, y logró sobrepasar los textos legales incluso después de que el Comité para la Drogadicción fuera aprobado a principios del 2013. Este texto explora los resultados del esfuerzo que la organización Skoun llevó a cabo a partir de una iniciativa de litigio estratégico para que después de tantos años se reconociera el principio de "tratamiento en lugar de judicialización" estipulado en la Ley de Drogas. El tribunal donde se pudo llegar a esta decisión citó el principio de que las "leyes existen para ser cumplidas, no ignoradas", además, consideró la defensa procedimental que constituye el que un usuario de drogas solicite someterse a un tratamiento por adicción. Después de esta decisión, más tribunales se sumaron al uso del "tratamiento en lugar de judicialización" como mecanismo de judicialización, creando un efectó dominó que lleva a este principio a tener presedencia sobre la lógica punitiva que se había mantenido, sin embargo, aún quedan muchos esfuerzos de los abogados y jueces por hacer para volverlo un principio general y de implemetación automática.Publicación Declaración del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la salud con respecto a la adopción del etiquetado frontal de advertencia en alimentos y bebidas para hacer frente a las enfermedades no transmisibles (Traducción no oficial)Relator Especial de las Naciones UnidasLas enfermedades no transmisibles (ENT) son un gran desafío de este siglo, que tiene sus raíces en el sobrepeso, la obesidad y las dietas malsanas. Como parte de sus deberes en materia de derecho a la salud, los Estados deben afrontar los factores de riesgo prevenibles de las ENT relacionadas con el régimen alimentario y promover marcos en los que la industria de alimentos y bebidas transmita información precisa, fácilmente comprensible, transparente e inteligible sobre sus productos. A este respecto, las normas de etiquetado frontal de advertencia son muy necesarias. Descripción tomada de esta publicación.Publicación Traducción no oficial de la Declaración sobre la vacunación universal asequible contra la COVID-19, la cooperación internacional y la propiedad intelectual.Comité de Derechos Económicos, Sociales y CulturalesReconocer los esfuerzos de la cooperación científica internacional, la aguda investigación y el apoyo financiero de los Estados que han permitido el desarrollo de varias vacunas seguras y eficaces contra la Covid-19 en un tiempo récord es de vital importancia. Con el desarrollo que ha tenido la pandemia ocasionada por dicho virus, se espera que una vacuna —elaborada teniendo en cuenta la importancia de no comprometer la seguridad de ninguna persona en el mundo, y siguiendo los protocolos y directrices internacionales aceptadas por las respectivas autoridades sanitarias—, sea una forma de mitigar los efectos negativos que ha traído esta en la sociedad. Este documento presenta una traducción no oficial de la Declaración sobre la vacunación universal asequible contra la covid-19, la cooperación internacional y la propiedad intelectual elaborada por Dejusticia con el fin de difundir un documento, considerado de relevancia pública, que contribuye a informar y educar sobre un tema coyuntural. Además, permite llamar la atención a los Estados, quienes deben ser conscientes de la obligación que tienen para cooperar en la adquisición de las vacunas y el acceso a estas por parte de todas las personas del mundo.Publicación Introducción al modelo de acción judicial para defender a personas adictas a las drogasLegal AgendaDesde que el enfoque de las ciencias sociales hacia los temas de drogas y drogadicción ha evolucionado y traído diferentes investigaciones encaminadas al entendimiento de los problemas con los que viven las personas cuyo consumo de drogas es problemático, ya no se ve a una persona adicta como criminal, cuyo único fin es ser judicializada y castigada, sino como alguien marginalizado que necesita tratamiento, seguimiento y educación para reducir los riesgos del uso de dichas sustancias. En este texto se se reflexiona acerca de la importancia de los espacios que permiten el abordaje de la addición a las drogas desde una perspectiva multidisciplinar, y cómo estos permiten el aumento del conocimiento y brindan oportunidades para tener una discusión amplia, en donde el debate no solo se acerca a un tema legal, sino también a uno social que implique hablar de los derechos y las políticas públicas asociadas a las personas adictas. Por último, en estas páginas se exploran los modelos de acción judicial que permiten defender a las personas adictas estipulados en la Ley de Drogas, que busca aproximarse a las personas cuyo consumo es problemático desde la educación y el camino del tratamiento.Publicación Introducción al modelo de acción judicial para defender a refugiados en casos de deportación y detención arbitrariaLegal AgendaEn el Líbano existen una serie de prácticas que violan los derechos humanos más básicos. Una de estas prácticas es la falta de garantías que existe en el sistema legal para la protección de los refugiados o las personas que solicitan asilo. Los refugiados carecen de un marco legal que garantice su derecho a la protección, y pueden llegar a ser arrestados y juzgados por entrar de manera clandestina al territorio libanés. En este artículo se exponen los fracasos de los intentos por resolver el asunto de la falta de protección a los refugiados a través de procesos administrativos de parte de la Seguridad General del Ministerio del Interior y la Fiscalía Pública de Casación, frente a las estrategias que debieron buscar los abogados y activistas para detener una transgresión doble. Así, se exponen dos modelos de defensa desarrollados: el primero para defender a los refugiados procesados por la entrada clandestina para evitar su deportación, y el segundo para obligar al Estado a que libere a los refugiados detenidos de manera arbitraria después de que se finalicen sus respectivas sentencias.Publicación Cuando los familiares de los desaparecidos llevan su caso a las cortesNizar SaghiehEste documento traduce la decisión de la 3a Sala Penal del Tribunal de Casación en el Líbano, compuesta por la presidenta, Souheir Haraki, y los jueces auxiales, Ghassan Fawaz y Nahida Khaddaj, sobre el caso No. 293/2013 en el cual el representado por el abogado Nizar Saghieh, presentó un recurso de casación contra la fiscalía para impugnar la Sentencia 75/2013 emitida el 8 de mayo de 2013 por la 8a Sala del Tribunal de Delitos Menores de Beirut. En el texto se exponen las decisiones tomadas por la Sala Penal en términos procedimentales y del mérito, que permiten compreder el estado del caso. Además, se evidencia lo ocurrido en la etapa de precasación y poscasación, y permite entender la conclusión del retorno de los documentos a su fuente.Publicación Alternatividad penal para mujeres cabeza de familia La Ley 2292 de 2023: Un camino hacia la justicia de género en las políticas de drogas en ColombiaMujeres Libres; Centro Internacional de Derechos Humanos y Política de Drogas de la Universidad de Essex; Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad - DejusticiaLa Ley 2292 de 2023 en Colombia representa un avance hacia la justicia de género en las políticas de drogas, al ofrecer alternativas al encarcelamiento para mujeres cabeza de familia que hayan cometido delitos menores o relacionados con drogas. Estas mujeres, muchas en condiciones de marginalidad y con responsabilidades de cuidado, pueden sustituir la pena de prisión por la prestación de servicios públicos no remunerados. La ley se inspira en las Directrices Internacionales de Derechos Humanos y Política de Drogas y busca corregir la sobrerrepresentación femenina en las cárceles por delitos no violentos. A pesar de su potencial, la implementación ha sido limitada, con retos como la falta de apoyo estatal, definición ambigua de beneficiarias, y escasa articulación institucional. Se propone fortalecer políticas públicas integrales, eliminar antecedentes penales y garantizar participación activa de mujeres con experiencia vivida para asegurar una aplicación efectiva y justa.Publicación Alternative sentencing for female heads of household Law 2292 of 2023: A path toward gender justice in drug policy in ColombiaMujeres Libres; International Centre for Human Rights and Drug Policy at the University of Essex; Center of Study on Law, Justice and Society - Dejusticia.Law 2292 of 2023 introduces an innovative sentencing alternative in Colombia for female heads of household, particularly those involved in drug-related crimes due to socioeconomic vulnerability. Instead of incarceration, eligible women can serve their sentences through unpaid community service. This approach recognizes caregiving roles and aligns with international human rights and drug policy guidelines. It addresses structural inequalities, aiming to prevent incarceration and facilitate reintegration. However, the law’s implementation faces several challenges: limited outreach, inconsistent eligibility criteria, and a lack of employment transition policies. Only a small fraction of eligible women have benefited so far. The document calls for reforms such as expunging criminal records, involving trial judges early in sentencing, and enabling active participation of women with lived experience in monitoring the law. This model aspires to shift from punitive to restorative justice, offering a blueprint for other nations grappling with the incarceration crisis among women.Publicación Contar la verdad. Estadística en la develación de patrones de violenciaAlejandro Jiménez Ospina; Valentina Rozo Ángel; Daniel Ospina-Celis; Michael Monclou Chaparro; Lucía Camacho Gutiérrez; Juan Carlos Upegui MejíaLos estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la verdad frente a las graves violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, las bases de datos de estas violaciones tienen dos tipos de vacíos de información: campos faltantes y registros faltantes. La estadística contribuye a la superación de estos vacíos, reconociendo la incertidumbre. Entonces, por medio del uso de métodos estadísticos se puede estimar la magnitud de la violencia dentro de un rango posible. En este documento explicamos cómo la estadística contribuye a garantizar el derecho a la verdad, especialmente en su dimensión colectiva. También, cómo gracias a las estimaciones es posible servir al esclarecimiento del pasado atroz con un impacto en las garantías judiciales, la protección judicial y el derecho a la verdad.Publicación Marco legal del impuesto a las bebidas azucaradas en ColombiaCésar Rodríguez Garavito; Diana Guarnizo Peralta; Valentina Rozo ÁngelLa OMS y la OPS han expedido normas claras recomendando la implementación de políticas fiscales como una estrategia efectiva en la reducción de la obesidad. En el plano nacional, la Ley de Obesidad y diversos documentos de política pública ratifican el deber y compromiso del Estado colombiano de reducir la obesidad y promover una alimentación saludable.Publicación Informe de actor interesado. Examen Periódico Universal 44° periodo de sesiones - ColombiaAlexandrine Pirlot de Corbion; Daniel Ospina-Celis; Juan de BrigardEste informe pretende generar dudas y planteamientos acerca de la protección de los derechos a la libertad de expresión y de opinión, la intimidad, la protección de datos personales, el cierre de espacios de la sociedad civil y el derecho a la protesta y los derechos de la población migrante y refugiada venezolana. A través de 52 apartados con información sobre distintos casos en los que se muestra el uso desmedido de la fuerza pública sobre los emigrantes y los protestantes, la realidad de la violencia digital sobre las mujeres por cuestiones de género, las existentes barreras de acceso a la educación de niñas, niños y adolescentes migrantes, la dificultad del acceso al trabajo y permanencia en el mercado laboral por parte de la población migrante; y otras líneas de la no protección de los derechos humanos, Dejusticia, la Fundación Karisma y Privacy International exponen estos casos de violencia y de discriminación, para proponer, al final, una lista de recomendaciones al Estado colombiano con respecto a los casos anteriores.Publicación Stakeholder Submission. Universal Periodic Review 44th Session - ColombiaAlexandrine Pirlot de Corbion; Daniel Ospina-Celis; Juan de BrigardThis report aims to generate doubts and raise questions about the protection of the rights to freedom of expression and opinion, privacy, personal data protection, the closing of spaces for civil society, and the right to protest, as well as the rights of the Venezuelan migrant and refugee population. Through 52 sections containing information about various cases that demonstrate the excessive use of public force against migrants and protesters, the reality of digital violence against women due to gender-related issues, the existing barriers to access to education for migrant girls, boys, and adolescents, the difficulties in accessing and remaining in the labor market for migrant populations, and other aspects of the lack of human rights protection, Dejusticia, the Karisma Foundation, and Privacy International expose these cases of violence and discrimination. In the end, they propose a list of recommendations to the Colombian government regarding the aforementioned casesPublicación Decision T-543 of 2017 Executive SummaryDiana Guarnizo PeraltaThe Constitutional Court held that the Superintendency of Industry and Commerce censored the organization Educar Consumidores, and it cautioned the Superintendency that henceforth it could not exercise prior control over informational contents. The Court also decided that consumers have the right to receive information about the risks that sugary drinks pose to our health.Publicación Desafíos en la aplicación de fotomultas: equilibrando responsabilidad objetiva y sanción individualJorge Iván Rincón Córdoba; María Gabriela Vargas Parada; Isabel Cristina Annear Camero; Diana Guarnizo PeraltaLa siniestralidad vial constituye una preocupación global que anualmente resulta en la pérdida de aproximadamente 1.19 millones de vidas y numerosas lesiones graves. En Colombia, entre enero y noviembre de 2023, se reportaron 7,576 víctimas fatales en siniestros viales. El exceso de velocidad se destaca como uno de los principales factores de riesgo tanto en Colombia como globalmente, implicado en cerca del 40% de los accidentes mortales, según la Organización Mundial de la Salud. Este factor subraya la urgencia de políticas más estrictas y campañas efectivas de concienciación para mejorar la seguridad vial. Las fotomultas emergen como una herramienta complementaria, pero crucial, dentro del marco legal para gestionar el tráfico y mejorar la seguridad vial. Para que las fotomultas se conviertan en un verdadero instrumento de cambio en la seguridad vial y la salud pública, es esencial no solo aplicar la sanción, sino también cultivar entre los ciudadanos una conciencia sobre el uso responsable de las carreteras. Este documento busca aportar al debate sobre la efectividad de las fotomultas brindando elementos, a través de un enfoque que integre tecnología, legislación, educación y evaluación continua, que permitan avanzar tanto en el análisis legal sobre la imputación legal de la sanción, como en la correcta implementación de las sanciones. Además presenta un análisis riguroso que pueda servir de base para un debate informado y la mejora de las políticas de seguridad vial en el contexto colombiano.Publicación Resumen Ejecutivo Sentencia T-543Diana Guarnizo PeraltaLa Corte Constitucional resolvió que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) censuró a la organización Educar Consumidores y le advirtió que en adelante no podrá hacer control previo de contenidos informativos. En agosto de 2016, Educar Consumidores, una organización sin ánimo de lucro que trabaja por la implementación de políticas saludables en el país, lanzó un comercial televisado y emitido también en varias emisoras radiales, en el cual se mostraba la cantidad de azúcar de varias bebidas azucaradas. El comercial fue demandado por Postobón S.A., una compañía de bebidas azucaradas colombiana, por supuesta “publicidad engañosa”. En decisión del 7 de septiembre de 2016, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entidad colombiana encargada de vigilar el cumplimiento de los derechos de los consumidores, emitió la Resolución 59.176 ordenando a Educar retirar el comercial de todos los medios en los que circulaba, incluyendo internet. Además, le ordenó “remitir a la Superintendencia de Industria y Comercio toda pieza publicitaria relacionada con el consumo de bebidas azucaradas […] antes de su emisión para que se lleve un control preventivo sobre la información”.Publicación La publicidad de alimentos y bebidas ultraprocesados para niños en América Latina: responsabilidades empresariales y deberes de los EstadosDiana Guarnizo PeraltaSe ha demostrado que la exposición a la promoción de productos y bebidas ultraprocesadas es perjudicial para la salud de los niños. Este artículo explora este tema desde la perspectiva de las empresas y los derechos humanos, con el propósito de comprender las responsabilidades de las empresas y los deberes de los Estados respecto a la promoción deliberada de productos ultraprocesados para niños. Para ello, este artículo se refiere a los tres pilares de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, así como al derecho internacional de los derechos humanos. Su análisis se centra no solo en el contenido normativo de las obligaciones, responsabilidades y derechos bajo el derecho internacional, sino también en su implementación y en los desafíos actuales en el contexto latinoamericano.Publicación Informe a la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos. Impactos de la política de drogas a los DDHH en Colombia y visión para el futuroPaula Aguirre Ospina; Adriana Muro Polo; Luis Felipe Cruz-Olivera; Isabel Pereira-AranaDesde Elementa y Dejusticia celebramos la oportunidad de presentar insumos a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y consideramos que es fundamental que se prioricen cinco temas de importancia para la garantía de derechos. El contexto actual presenta oportunidades de avanzar hacia una política de drogas con enfoque de derechos y justicia social que le apueste a un cambio de estrategias, consolidando una aproximación que permita diagnosticar los daños causados por la política prohibicionista e identificar a las poblaciones directamente afectadas por su implementación para poder repararlas, como lo recomendó la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV).Publicación Argumentos y vías para la ratificación de la Convención Interamericana sobre Personas MayoresIsabel Pereira-Arana; Julián Salamanca LatorreEl 15 de junio de 2015 la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) adoptó el texto de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (en adelante, Convención sobre Personas Mayores).La Convención, única en su tipo, parte del respeto que se le debe a los derechos humanos y la necesidad de su promoción y protección a partir de lo establecido en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre otros instrumentos. Parte del principio de que la búsqueda del ideal de un ser humano libre, exento de temor y miseria solo puede mantenerse en tanto se garanticen condiciones de vida que le permitan a cada persona disfrutar de sus derechos sin discriminación alguna, en particular por motivos de edad.