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    Gender Discrimination in Football. Building a Toolbox Toward Gender Equity in the Beautiful Game
    Rachel Davidson Raycraft; Rebecca Robinson; Jolena Zabel
    The importance of gender and gender-based categorizations cling to the world of sport like no other realm of culture or society in the twenty-first century. While presented as natural, logical, and innate, the differential treatment of men and women and boys and girls in the world of sport is largely the product of over a century of global socialization intent on preserving sport as a male-dominated pastime, lifestyle, and avenue of opportunity. As the most popular sport worldwide, football (or soccer) may be the poster child for lingering gender disparities in sport. Despite women’s presence on the pitch since the turn of the twentieth century, governments and football associations have proactively suppressed their ability to participate in the game through gender stereotypes, underinvestment, precarious professional opportunities, and disrespect. This report describes the various manifestations of gender-based discrimination that shape the game of football today, the role the Fédération Internationale de Football Association (FIFA) plays in perpetuating this discrimination, and existing avenues for remedy (or lack thereof). The report concludes with key takeaways from the fight for gender equality to date, with an eye toward building a more just world of sport in the years to come.
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    Revista DesTápate #03
    Alianza Más Información Más Derechos; Christian Manuel Castro Estupiñán; Dejusticia; Camilo A. Enciso; Ana Sofía Gómez; Gerardo Andrés Hernández Montes; Vivian Newman-Pont; Angie Martínez Puerto; Carlos Rodríguez Castro; Proyecto Antonio Nariño; María Paula Martínez Concha; Alejandro Rodríguez Pabón; Carolina González García; Camilo Andrés Peña Galeano
    La tercera edición de la Revista DesTápate busca exaltar el rol de una ciudadanía activa y una sociedad civil organizada, que se ha apropiado de las herramientas que provee la Ley de Transparencia y Acceso a Información Pública para transparentar el accionar de la administración pública frente a dos de las coyunturas más importantes por las que atravesó Colombia en el último año: la pandemia del COVID-19 y el Paro Nacional de 2021. Ciudadanos, investigadores, grupos de jóvenes y periodistas que, por medio de denuncias, peticiones/solicitudes de información, acciones judiciales y registros periodísticos buscan hacer rendir cuentas a quienes detentan el poder público. Del mismo modo, en estas páginas también encontrarán ejemplos de los esfuerzos deliberados de distintas esferas del Estado por mantener información clave en la opacidad. Un órgano garante de transparencia que se niega a dar ejemplo, órganos de control que no informan a los denunciantes sobre la suerte de sus denuncias de corrupción, una Fuerza Pública que persigue a los periodistas y a quienes ejercen su derecho a la libre expresión en las calles y en Internet, entidades reticentes a transparentar información pública sobre las vacunas contra la COVID-19 (incluso existiendo sentencias judiciales que se los ordenan) y archivos públicos que aún están desordenados, desactualizados o que no existen.
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    TOAR anticipados y Sanciones Propias: reflexión informada para la jurisdicción especial para la paz
    Clara Sandoval Villalba; Hobeth Martínez Carrillo; Michael Cruz Rodríguez; Nicolás Zuluaga Afanador; Juliana Galindo Villarreal; Pilar Lovelle Moraleja; Juliette Vargas Trujillo; Adriana Romero Sánchez; Andrea Rodríguez Daza
    El ‘régimen de condicionalidad’ es una innovación del actual proceso de justicia transicional colombiano cuya materialización enfrenta múltiples retos. Dicho régimen es un mecanismo mediante el cual la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) busca que los beneficios a los comparecientes se confieran sobre la base de su efectiva contribución a los derechos de las víctimas (verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición). Este esquema de beneficios condicionados aplica para todos los comparecientes ante la JEP y se operacionaliza a través de los Trabajos, Obras o Acciones con sentido Reparador (TOAR) y/o mediante las Sanciones Propias en aquellos casos en que se trate de comparecientes seleccionados. A partir de procesos de investigación emprendidos por varias instituciones que vienen observando la JEP, este documento identifica y reflexiona sobre algunos retos del régimen de condicionalidad, tales como la forma de entender la dimensión reparadora y restauradora de los TOAR, la indeterminación de algunos conceptos, la falta de claridad sobre los mecanismos de participación de las víctimas, la situación de inseguridad en varias regiones del país, así como la falta de articulación entre instituciones y programas derivados del Acuerdo Final de Paz. La reflexión permite plantear algunas recomendaciones que buscan contribuir a la materialización de los principios de efectividad de la justicia restaurativa y centralidad de las víctimas que orientan el trabajo de la jurisdicción.
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    Traducción no oficial de la Declaración sobre la vacunación universal asequible contra la COVID-19, la cooperación internacional y la propiedad intelectual.
    Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
    Reconocer los esfuerzos de la cooperación científica internacional, la aguda investigación y el apoyo financiero de los Estados que han permitido el desarrollo de varias vacunas seguras y eficaces contra la Covid-19 en un tiempo récord es de vital importancia. Con el desarrollo que ha tenido la pandemia ocasionada por dicho virus, se espera que una vacuna —elaborada teniendo en cuenta la importancia de no comprometer la seguridad de ninguna persona en el mundo, y siguiendo los protocolos y directrices internacionales aceptadas por las respectivas autoridades sanitarias—, sea una forma de mitigar los efectos negativos que ha traído esta en la sociedad. Este documento presenta una traducción no oficial de la Declaración sobre la vacunación universal asequible contra la covid-19, la cooperación internacional y la propiedad intelectual elaborada por Dejusticia con el fin de difundir un documento, considerado de relevancia pública, que contribuye a informar y educar sobre un tema coyuntural. Además, permite llamar la atención a los Estados, quienes deben ser conscientes de la obligación que tienen para cooperar en la adquisición de las vacunas y el acceso a estas por parte de todas las personas del mundo.
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    Introducción al modelo de acción judicial para defender a personas adictas a las drogas
    Legal Agenda
    Desde que el enfoque de las ciencias sociales hacia los temas de drogas y drogadicción ha evolucionado y traído diferentes investigaciones encaminadas al entendimiento de los problemas con los que viven las personas cuyo consumo de drogas es problemático, ya no se ve a una persona adicta como criminal, cuyo único fin es ser judicializada y castigada, sino como alguien marginalizado que necesita tratamiento, seguimiento y educación para reducir los riesgos del uso de dichas sustancias. En este texto se se reflexiona acerca de la importancia de los espacios que permiten el abordaje de la addición a las drogas desde una perspectiva multidisciplinar, y cómo estos permiten el aumento del conocimiento y brindan oportunidades para tener una discusión amplia, en donde el debate no solo se acerca a un tema legal, sino también a uno social que implique hablar de los derechos y las políticas públicas asociadas a las personas adictas. Por último, en estas páginas se exploran los modelos de acción judicial que permiten defender a las personas adictas estipulados en la Ley de Drogas, que busca aproximarse a las personas cuyo consumo es problemático desde la educación y el camino del tratamiento.
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    Introducción al modelo de acción judicial para defender a refugiados en casos de deportación y detención arbitraria
    Legal Agenda
    En el Líbano existen una serie de prácticas que violan los derechos humanos más básicos. Una de estas prácticas es la falta de garantías que existe en el sistema legal para la protección de los refugiados o las personas que solicitan asilo. Los refugiados carecen de un marco legal que garantice su derecho a la protección, y pueden llegar a ser arrestados y juzgados por entrar de manera clandestina al territorio libanés. En este artículo se exponen los fracasos de los intentos por resolver el asunto de la falta de protección a los refugiados a través de procesos administrativos de parte de la Seguridad General del Ministerio del Interior y la Fiscalía Pública de Casación, frente a las estrategias que debieron buscar los abogados y activistas para detener una transgresión doble. Así, se exponen dos modelos de defensa desarrollados: el primero para defender a los refugiados procesados por la entrada clandestina para evitar su deportación, y el segundo para obligar al Estado a que libere a los refugiados detenidos de manera arbitraria después de que se finalicen sus respectivas sentencias.
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    La búsqueda y la participación en la búsqueda de víctimas de desaparición forzada: la perspectiva actual en Colombia y El Salvador
    Ana Srovin Coralli; Heli Jeremías Hernández; Alejandro Jiménez Ospina; Lisa Ott
    En este artículo realizamos un análisis sistemático de la normativa sobre búsqueda de personas víctimas de desaparición forzada en El Salvador y Colombia y sobre la participación de las víctimas en estos procesos. Al estudiar ambos cuerpos normativos, en consonancia con los instrumentos de derecho internacional aplicables y los Principios Rectores para la Búsqueda de Personas Desaparecidas de la ONU, encontramos diferencias tanto en la consagración de los derechos a la búsqueda y a la participación como en su contenidos y alcances. En dos contextos distintos, uno de hiperinflación normativa (Colombia) y otro de ausencia de regulación explícita (El Salvador), la consecuencia parece seguir siendo la misma – las víctimas siguen esperando que se busque a sus seres queridos.
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    El efecto dominó en los casos de drogadicción: el principio de “tratamiento en lugar de judicialización” avanza en los juzgados luego de una decisión histórica de casación
    Karim Nammour
    Este artículo discute los distintos caminos que se tomaron en el transcurso del litigio estratégico que apuntaba a consagrar el derecho de los familiares de las personas desaparecidas durante la guerra civil en el Líbano a saber qué pasó con ellas, o como se denominó, "el derecho a saber". Además, aborda los motivos por los que utilizar el litigio estratégico permite trasladar efectivamente un tema de la arena política a la judicial; los criterios que utiliza y las cosideraciones hechas en la selección de los casos, y los métodos de trabajo. Finalmente, el artículo plantea las herramientas que se deben tener en cuenta para estar preparado para abordar las acciones de la corte en los medios, y combatir cualquier reincidencia judicial al respecto o cualquier intervención de los poderes políticos que pretenda reorientar la corte o prevenir la implementación de sus fallos.
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    Caso 260 de 2013 Sentencia no. 260/2013
    3ª Sala Penal del Tribunal de Casación
    En el Líbano el principio de "tratamiento en lugar de judicialización" quedó inactivo por más de quince años, luego de que la Ley de Drogas fuera aprobada en el año 1998, pero no se activaran sus mecanismos. La lógica punitiva se mantuvo en el trabajo de judicialización de los delitos asociados a la drogadicción, y logró sobrepasar los textos legales incluso después de que el Comité para la Drogadicción fuera aprobado a principios del 2013. Este texto explora los resultados del esfuerzo que la organización Skoun llevó a cabo a partir de una iniciativa de litigio estratégico para que después de tantos años se reconociera el principio de "tratamiento en lugar de judicialización" estipulado en la Ley de Drogas. El tribunal donde se pudo llegar a esta decisión citó el principio de que las "leyes existen para ser cumplidas, no ignoradas", además, consideró la defensa procedimental que constituye el que un usuario de drogas solicite someterse a un tratamiento por adicción. Después de esta decisión, más tribunales se sumaron al uso del "tratamiento en lugar de judicialización" como mecanismo de judicialización, creando un efectó dominó que lleva a este principio a tener presedencia sobre la lógica punitiva que se había mantenido, sin embargo, aún quedan muchos esfuerzos de los abogados y jueces por hacer para volverlo un principio general y de implemetación automática.
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    Descriminalizar para proteger. Modelos alternativos de regulación del aborto: Despenalización total y regulación sanitaria en Canadá, Australia y Nueva York
    María Ximena Dávila Contreras ; María Clara Zea Gallego; Diana Esther Guzmán Rodríguez; Nina Chaparro González
    Hoy existen en el derecho comparado varios modelos de regulación del aborto, los cuales transitan en un espectro de mayor o menor uso del derecho penal o en la exigencia de requisitos necesarios para acceder al servicio. De un lado, encontramos aquellos modelos más cercanos al uso intensivo del derecho penal que criminalizan a la mujer y a quienes prestan el servicio del aborto. Y, de otro lado, están aquellos que reducen el uso del derecho penal, ya sea por medio de causales -en donde es permitido el aborto en ciertas circunstancias generalmente extremas- o de plazos -en donde las mujeres pueden acceder al aborto sin requisitos los primeros meses de gestación-. En este texto presentamos una nueva alternativa que se desprende por completo del derecho penal y regula el aborto únicamente a través de leyes sanitarias. A este modelo le llamamos despenalización total y regulación sanitaria. Nuestro objetivo es mostrar que la despenalización total, entendida como la eliminación del delito de aborto de los códigos penales, es posible y puede coexistir con una regulación basada en la salud pública, orientada a garantizar el acceso a los servicios de aborto. Para esto, presentaremos tres casos de estudio de países y estados federales que han regulado el aborto exclusivamente mediante leyes sanitarias y, por lo tanto, han prescindido de cualquier tipo de criminalización en contra de mujeres o profesionales de la salud que accedan o practiquen un aborto, respectivamente. Los tres lugares que estudiamos en este texto son: i) Canadá, que despenalizó el aborto en 1988 mediante la decisión R. vs. Morgentaler; ii) El Territorio Capital de Australia (TCA), en Australia, que eliminó el delito de aborto del Código Penal mediante una enmienda legal en 2002; y iii) El Estado de Nueva York, en Estados Unidos, donde se eliminó el delito de los códigos federales mediante el Reproductive Health Act de 2019.