Derecho en breve
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Publicación El etiquetado frontal de advertencia de productos comestibles ultra procesados desde una mirada del derecho internacional económicoJohnattan García RuizEl etiquetado frontal de advertencia (EFA), que advierte sobre el contenido en azúcares añadidos, sodio y grasas saturadas, es compatible con la regulación internacional en materia de libre comercio y protección de inversiones. En este documento, explicamos por qué el EFA se ajusta a los compromisos multilaterales adquiridos por Colombia como miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC), así como a los acuerdos de comercio preferencial. Además, se examina la medida a la luz de las normas técnicas sobre alimentación compiladas por la Comisión del Codex Alimentarius y se explica por qué el EFA también es compatible con tratados de protección de inversiones. Descripción tomada y adaptada de esta publicación.Publicación Declaración del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la salud con respecto a la adopción del etiquetado frontal de advertencia en alimentos y bebidas para hacer frente a las enfermedades no transmisibles (Traducción no oficial)Relator Especial de las Naciones UnidasLas enfermedades no transmisibles (ENT) son un gran desafío de este siglo, que tiene sus raíces en el sobrepeso, la obesidad y las dietas malsanas. Como parte de sus deberes en materia de derecho a la salud, los Estados deben afrontar los factores de riesgo prevenibles de las ENT relacionadas con el régimen alimentario y promover marcos en los que la industria de alimentos y bebidas transmita información precisa, fácilmente comprensible, transparente e inteligible sobre sus productos. A este respecto, las normas de etiquetado frontal de advertencia son muy necesarias. Descripción tomada de esta publicación.