Derecho en breve

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    El etiquetado frontal de advertencia de productos comestibles ultra procesados desde una mirada del derecho internacional económico
    Johnattan García Ruiz
    El etiquetado frontal de advertencia (EFA), que advierte sobre el contenido en azúcares añadidos, sodio y grasas saturadas, es compatible con la regulación internacional en materia de libre comercio y protección de inversiones. En este documento, explicamos por qué el EFA se ajusta a los compromisos multilaterales adquiridos por Colombia como miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC), así como a los acuerdos de comercio preferencial. Además, se examina la medida a la luz de las normas técnicas sobre alimentación compiladas por la Comisión del Codex Alimentarius y se explica por qué el EFA también es compatible con tratados de protección de inversiones. Descripción tomada y adaptada de esta publicación.
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    Publicación
    Declaración sobre el acceso universal y equitativo a las vacunas contra la COVID-19 (Traducción no oficial)
    Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
    Presentamos una Declaración del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales para que los Estados adopten medidas contra la Covid-19 basadas en los derechos humanos. Se espera que una vacuna segura y efectiva reduzca los riesgos que la COVID-19 plantea para la salud y la vida, permitiendo, al mismo tiempo, el levantamiento progresivo de algunas de las medidas restrictivas que han sido necesarias para hacer frente a la propagación del virus. También ayudará a recuperarse de los graves efectos negativos que estas medidas han tenido en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente de las poblaciones más desfavorecidas y marginadas. Si bien esta declaración se refiere esencialmente al acceso equitativo y universal a las vacunas para COVID-19, el Comité considera que sus principales consideraciones son pertinentes, con los cambios necesarios, en relación con las obligaciones de los Estados de garantizar también el acceso universal y equitativo al tratamiento para la COVID-19. Esta traducción fue elaborada por Dejusticia con el fin de contribuir a la difusión de un documento que consideramos de relevancia pública. No es una traducción oficial de Naciones Unidas. Todos los errores son nuestros.
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    Publicación
    Declaración del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la salud con respecto a la adopción del etiquetado frontal de advertencia en alimentos y bebidas para hacer frente a las enfermedades no transmisibles (Traducción no oficial)
    Relator Especial de las Naciones Unidas
    Las enfermedades no transmisibles (ENT) son un gran desafío de este siglo, que tiene sus raíces en el sobrepeso, la obesidad y las dietas malsanas. Como parte de sus deberes en materia de derecho a la salud, los Estados deben afrontar los factores de riesgo prevenibles de las ENT relacionadas con el régimen alimentario y promover marcos en los que la industria de alimentos y bebidas transmita información precisa, fácilmente comprensible, transparente e inteligible sobre sus productos. A este respecto, las normas de etiquetado frontal de advertencia son muy necesarias. Descripción tomada de esta publicación.