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    La Fuerza Pública en la Jurisdicción Especial para la Paz en Colombia: ¿un tratamiento especial o preferencial?
    Camila Andrea Santamaría Chavarro; Diana Isabel Güiza Gómez; Rodrigo Uprimny Yepes
    A lo largo del documento sostenemos que el tratamiento específico a la Fuerza Pública fue concebido en el acuerdo de paz para que sus integrantes rindieran cuentas en forma equivalente a los excombatientes guerrilleros. Esta es la versión en español traducida por las autoras del capítulo de libro originalmente publicado en inglés y titulado «Colombia’s Fuerza Pública (Security Forces) in the Special Jurisdiction for Peace: Special Treatment or Preferential Treatment?», el cual hace parte del libro Jus Post Bellum. Restraint, Stabilisation, and Peace editado por Patrick Mileham (Leiden Boston: Brill | Nijhoff, 2020). Nuestro capítulo analiza los aspectos positivos del tratamiento penal especial, simultáneo, equilibrado y equitativo a la Fuerza Pública, así como algunos puntos problemáticos del desarrollo normativo y aplicación de ese tratamiento. En efecto, uno de los asuntos en común de la Justicia Transicional (JT) y el Jus Post Bellum (JPB) es el juzgamiento de las Fuerzas Armadas por los crímenes que cometieron en guerras y el reajuste de su rol en situaciones de posconflicto. Este asunto es objeto de discusión hoy en Colombia, donde el Estado ha firmado un acuerdo de paz con la guerrilla FARC-EP. A lo largo del documento sostenemos que el tratamiento específico a la Fuerza Pública fue concebido en el acuerdo de paz para que sus integrantes rindieran cuentas en forma equivalente a los excombatientes guerrilleros. Sin embargo, en la práctica, pareciera que se ha otorgado un estándar de sanción menos riguroso a favor de la Fuerza Pública, pese a que este ejercía durante el conflicto la posición de garante de la ciudadanía. En el nivel normativo, la regulación de la responsabilidad de mando está en tensión con los requisitos mínimos exigidos por el derecho internacional público. Hay dos puntos que generan mayor preocupación: la prueba del mando y control efectivo del superior militar o policial, y el estándar de conocimiento. Igualmente, la reforma constitucional que creó la JEP excluye el Derecho Penal Internacional como fuente normativa para sancionar casos de Fuerza Pública, a pesar de que Colombia ya reconoció la jurisdicción complementaria de la Corte Penal Internacional. En el nivel práctico, distintos jueces colombianos otorgaron los beneficios judiciales pactados en el acuerdo de paz a favor de la Fuerza Pública, incluso antes de que la JEP comenzara a funcionar, lo cual generó la ausencia de un monitoreo serio del cumplimiento de deberes frente a las víctimas, que es la contraprestación exigida a los miembros de las fuerzas armados por los beneficios judiciales. Este contexto parece indicar que el tratamiento de la Fuerza Pública está mutando de especial a preferencial. Claramente, ello desconoce los derechos de las víctimas e impide la consolidación de la paz y la reconciliación. Ahora que la JEP está en pleno funcionamiento, serán los magistrados de esa jurisdicción quienes deberán resolver estas situaciones anómalas y revertir cualquier tratamiento preferencial a la Fuerza Pública que obstaculice la rendición de cuentas, la reparación y la búsqueda de la verdad a favor de las víctimas.
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    Víctimas y prensa después de la guerra: Tensiones entre intimidad, verdad histórica y libertad de expresión
    Vivian Newman-Pont; María Paula Ángel Arango; María Ximena Dávila Contreras
    El impulso de esta investigación nace de la tensión que se presentó en mayo de 2017 en el marco del cubrimiento periodístico de las exhumaciones de quienes fallecieron en la masacre de Bojayá. Así, este escrito tiene como propósito el planteamiento y la respuesta, desde una perspectiva sociojurídica, de la siguiente pregunta de investigación: ¿cómo narrar los hechos relacionados con el conflicto armado y con la transición a la paz sin vulnerar el derecho a la intimidad de las víctimas? O ¿cómo puede un periodista dejar constancia de un acontecimiento dramático o contar una injusticia que conmueva a sus lectores respetando los límites de la vida privada de las víctimas? Para responder a este cuestionamiento, en el presente documento se examinan las tensiones de derechos que pueden generarse en la narración de la transición a la paz como parte del ejercicio periodístico. No es una tarea fácil, pues el periodista cumple con su responsabilidad democrática cuando informa a la sociedad de un hecho de interés público, como las exhumaciones de Bojayá. Pero a las víctimas se les debe protección y tranquilidad en su duelo íntimo, además de autorregulación periodística. En el análisis jurídico se ha tratado de valorar el conflicto entre el derecho a la intimidad de las víctimas y los derechos a la libertad de expresión e información, y a la verdad histórica de los periodistas y la sociedad. Se busca que la conclusión presentada sea válida, no solo en el caso de Bojayá, sino en los futuros años de transición, pues tanto las víctimas como la sociedad en general se benefician de una prensa libre y responsable, y del respeto de la vida privada. Las ideas plasmadas en este documento ofrecen herramientas útiles para repensar la garantía de ciertos derechos en el marco del posacuerdo, reflexionar acerca de la importancia de la autorregulación en la labor periodística y crear puentes de colaboración entre periodistas y víctimas.
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    La paz ambiental: Retos y propuestas para el posacuerdo
    César Rodríguez Garavito; Diana Rodríguez Franco; Helena Durán Crane
    A lo largo de estas cinco décadas de conflicto armado en Colombia, las disputas por los recursos naturales y los conflictos socioambientales han estado entrelazadas con la violencia de formas muy diversas. Los grupos armados ilegales, tanto de derecha como de izquierda, han derivado parte de su sustento de la explotación o el gravamen de economías extractivas, desde la coca hasta el oro, la madera y el carbón. Igualmente, buena parte del conflicto armado se ha desarrollado en zonas altamente biodiversas, cubiertas por bosques o selvas tropicales. La voladura de oleoductos, la deforestación asociada a los cultivos de uso ilícito y la minería ilegal son tan solo algunos de los flagelos que han dejado estas décadas de conflicto sobre el medio ambiente. Sin embargo, como mostramos en este documento, la violencia también ha tenido un efecto ambiental preservador y paradójico. Los actores armados han impuesto barreras de hecho sobre áreas altamente biodiversas y, en cierta medida, han ayudado a conservarlas. Por lo anterior, consideramos que para contribuir a la construcción de una paz estable y duradera en Colombia es necesario prevenir y tramitar pacíficamente los conflictos socioambientales. Este libro hace parte de la colección 'Ideas para construir la paz', que cuenta con diez volúmenes, a través de los cuales Dejusticia busca aportar una serie de documentos temáticos para ofrecer diagnósticos y propuestas sobre algunos de los retos institucionales centrales de esta nueva etapa.