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Publicación ¿Cómo contribuir a la paz con verdad y justicia? Aportes a la verdad y reconocimiento de responsabilidad por quienes serán seleccionados en la Jurisdicción Especial para la PazSabine Michalowski; Michael Cruz Rodríguez; Hobeth Martínez Carrillo¿Qué significa ‘reconocer responsabilidad y aportar verdad’ ante la Jurisdicción Especial para la Paz? Esta es la pregunta fundamental que se aborda en el presente documento. Esta pregunta se responde haciendo referencia exclusivamente a aquellos comparecientes que puedan ser seleccionados por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad como máximos responsables o partícipes determinantes. Se parte de la distinción fundamental entre ‘aportes a la verdad’, entendidos como la contribución de información relevante para la JEP que los comparecientes hacen en el contexto de un macrocaso específico, y ‘reconocimiento de responsabilidad’, definido como el acto de admitir la ocurrencia de crímenes expresados en patrones y políticas de macrocriminalidad y el rol desempeñado en ellos. El documento presenta y analiza diferentes situaciones problemáticas que se pueden presentar en relación con dichos aportes a la verdad y reconocimiento de responsabilidad, a saber: los aportes parciales a la verdad; la valoración de la verdad subjetiva de los comparecientes; la posibilidad de controvertir la determinación de los hechos y conductas como presupuesto para materializar el principio dialógico; la relación entre el reconocimiento del patrón de macrocriminalidad y el reconocimiento de los hechos particulares; el alcance de la aceptación de responsabilidad; y la relación entre reconocer la responsabilidad y la selección como máximo responsable o partícipe determinante. Con base en el análisis de estas situaciones, en la sección final del documento se plantea un listado de recomendaciones específicas a la JEP sobre cómo enfrentar dichas dificultades.Publicación Los terceros complejos: Recomendaciones para el ejercicio de la competencia limitada de la JEP en casos de actores económicosSabine Michalowski; Alejandro Jiménez Ospina; Hobeth Martínez Carrillo; Daniel Marín LópezEste documento busca proponer cursos de acción para superar las dificultades que pueden surgir en el marco del proceso para responsabilizar a actores económicos al interior de la JEP por su participación en los delitos de su competencia. La transición que la sociedad colombiana decidió realizar para superar el conflicto armado que enfrentó al Estado con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) incluye procesar penalmente a los máximos responsables de los crímenes más graves, para lo cual se creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). La complejidad del conflicto armado colombiano es irreductible a la confrontación bélica entre la fuerza pública y los actores armados ilegales. De ahí se acordó en La Habana, como parte del Punto 5 del Acuerdo Final de Paz, que el componente judicial del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición incluyera a todos aquellos que hubieran participado directa o indirectamente en el conflicto. Allí entran en juego los actores económicos, aquellas personas que realizan actividades empresariales o comerciales y que, en desarrollo de estas y sin hacer parte de ninguno de los bandos en conformación, hayan contribuido (presuntamente) a delitos cometidos en el marco del conflicto armado. Entender la forma en que estas personas actuaron, los contextos en los que se encontraban insertos y sus responsabilidades penales, por lo menos en los delitos más graves, es crucial para garantizar los derechos de las víctimas, cumplir la obligación del Estado de investigar, juzgar y sancionar las violaciones de los derechos humanos, dar un cierre jurídico completo al conflicto y, a fin de cuentas, para que la sociedad colombiana entienda el papel que jugaron los actores económicos en el conflicto. Este documento persigue un doble propósito: de una parte socializar insumos a disposición de la JEP para llevar a cabo su labor, basados en investigaciones previas de Dejusticia y la Red de Justicia Transicional de la Universidad de Essex; y, de otra, proponer cursos de acción para superar las dificultades que pueden surgir en el marco del proceso para responsabilizar a actores económicos al interior de la JEP por su participación en los delitos de su competencia.Publicación Resumen ejecutivo: Los terceros complejos: Recomendaciones para el ejercicio de la competencia limitada de la JEP en casos de actores económicosSabine Michalowski; Alejandro Jiménez Ospina; Hobeth Martínez Carrillo; Daniel Marín LópezFuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) incluye procesar penalmente a los máximos responsables de los crímenes más graves, para lo cual se creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). La complejidad del conflicto armado colombiano es irreductible a la confrontación bélica entre la fuerza pública y los actores armados ilegales. De ahí se acordó en La Habana, como parte del Punto 5 del Acuerdo Final de Paz, que el componente judicial del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición incluyera a todos aquellos que hubieran participado directa o indirectamente en el conflicto. Allí entran en juego los actores económicos, aquellas personas que realizan actividades empresariales o comerciales y que, en desarrollo de estas y sin hacer parte de ninguno de los bandos en conformación, hayan contribuido (presuntamente) a delitos cometidos en el marco del conflicto armado. Entender la forma en que estas personas actuaron, los contextos en los que se encontraban insertos y sus responsabilidades penales, por lo menos en los delitos más graves, es crucial para garantizar los derechos de las víctimas, cumplir la obligación del Estado de investigar, juzgar y sancionar las violaciones de los derechos humanos, dar un cierre jurídico completo al conflicto y, a fin de cuentas, para que la sociedad colombiana entienda el papel que jugaron los actores económicos en el conflicto. Este documento persigue un doble propósito: de una parte socializar insumos a disposición de la JEP para llevar a cabo su labor, basados en investigaciones previas de Dejusticia y la Red de Justicia Transicional de la Universidad de Essex; y, de otra, proponer cursos de acción para superar las dificultades que pueden surgir en el marco del proceso para responsabilizar a actores económicos al interior de la JEP por su participación en los delitos de su competencia.Publicación Guía de orientación jurídica. Terceros civiles ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)Sabine Michalowski; Michael Cruz Rodríguez; Astrid Orjuela Ruiz; Luisa Gómez BetancurLa presente guía pretende ofrecer criterios que permitan comprender el significado y alcance del acceso voluntario de los terceros civiles a los beneficios condicionados del componente de justicia del Sistema Integral, y su contribución a la verdad plena, la reparación a las víctimas y las garantías de no repetición.