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    Las barreras de la justicia internacional ante violaciones de los derechos humanos y crímenes internacionales y la experiencia de Colombia y Venezuela
    Paola Molano Ayala; Daniela Suárez Orellana; Paula Valencia Cortés; Santiago Castillo Sepúlveda; Aya Alzubaidy
    La justicia internacional enfrenta múltiples obstáculos que cuestionan su legitimidad y eficacia. Las dificultades que atraviesa están ampliamente documentadas y son de distinta índole. En esta publicación mostramos de manera sistemática los distintos hallazgos de la literatura académica y experta sobre la crisis de la justicia internacional, con el fin de compilar las distintas caras que la componen. Adicionalmente, con los casos de Colombia y Venezuela ilustramos la manera en la que algunos de los obstáculos identificados por la literatura operan y también las diferencias sustanciales que ocurren cuando en una situación confluyen condiciones favorables para el acceso a la justicia internacional.
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    La oferta institucional para satisfacer los derechos económicos y sociales de las víctimas del conflicto armado en Colombia
    Santiago Castillo Sepúlveda; Paola Molano Ayala; Paula Valencia Cortés
    El documento presenta la oferta institucional del Estado colombiano para garantizar los derechos económicos y sociales de las víctimas del conflicto armado, conforme a la Ley 1448 de 2011 y su reforma por parte de la Ley 2421 de 2024. Describe los principales programas y rutas de acceso en educación, salud, trabajo, vivienda y mecanismos para víctimas de desaparición forzada. Entre otros, en educación, se contemplan la gratuidad en colegios oficiales, apoyos para permanencia, alfabetización y acceso preferente a educación superior mediante cupos especiales, créditos condonables del ICETEX y programas del SENA. En salud, el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral (PAPSIVI) ofrece acompañamiento psicosocial y atención médica integral con enfoque diferencial. En trabajo e ingresos, se destacan las rutas del Servicio Público de Empleo, el SENA y el acompañamiento estatal para invertir indemnizaciones en proyectos productivos. En vivienda, las víctimas tienen acceso prioritario a subsidios, programas de mejoramiento y al programa distrital “Mi Casa Bogotá”, con distintos componentes de apoyo financiero y habitacional. Finalmente, se explican los mecanismos jurídicos para las familias de personas desaparecidas: la declaración de ausencia por desaparición, que permite la administración provisional de bienes, y la declaración de muerte presunta, que habilita la sucesión patrimonial y el acceso a prestaciones. El texto busca facilitar el conocimiento y acceso de las víctimas y funcionarios a esta oferta estatal como parte del proceso de reparación integral.
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    Impactos en la situación social y económica de las mujeres buscadoras de personas desaparecidas forzosamente en Colombia
    Paola Molano Ayala; Paula Valencia Cortés
    Las mujeres buscadoras han sido fundamentales para visibilizar la magnitud de la desaparición forzada en el país e impulsar avances normativos e institucionales. Sin embargo, su labor continúa siendo poco reconocida y no cuenta con garantías adecuadas. Como resultado enfrentan múltiples cargas: además de la ausencia de sus seres queridos, asumen el papel de sostenimiento económico de sus hogares, lideran procesos de búsqueda y deben sobrellevar los vacíos en la respuesta estatal. Este informe busca visibilizar los impactos que la desaparición forzada y la búsqueda de desaparecidos generan en los derechos sociales y económicos de las mujeres buscadoras, en particular en su estabilidad económica, su salud física y mental, sus oportunidades educativas y su vida social y comunitaria. Asimismo, recoge y sistematiza las recomendaciones que las propias buscadoras formularon en un espacio de intercambio y discusión que llevamos a cabo en marzo de 2025, para que las medidas de reparación y atención respondan de forma integral a sus necesidades y reivindicaciones. Estas recomendaciones son relevantes para la implementación y reglamentación de las normas que ordenan medidas de reparación y que buscan dignificar la labor de las mujeres buscadoras.
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    A hostile environment for peace mobilization: stigmatization and violence-justifying attitudes toward land rights advocates in Colombia
    Isabel Güiza-Gómez; Abby Córdova
    Despite signing a peace accord in 2016, Colombia remains one of the most dangerous countries for social mobilization for peace, democracy, and equality. Between 2016 and 2023, 1,804 social leaders and 351 ex-combatants were assassinated. However, there has been no strong or sustained public outcry in response to this violence. This policy brief presents findings from a research project examining public attitudes toward lethal violence against social leaders and ex-combatants, with a focus on stigmatization against these actors and violence-justifying beliefs and attitudes. Drawing on data from an online survey conducted in late 2023—which is representative of the urban population with internet access—the study shows that violence-justifying attitudes toward both unarmed civilians—who did not engage in insurgent action—and former guerrilla combatants depends largely on their demands. Although public opinion tends to be more favorable toward social leaders than ex-combatants, citizen perceptions of both groups become more negative when these actors advocate for structural reforms, particularly land redistribution. This is because social mobilization for land redistribution is often associated with wartime grievances and thus perceived as a threat to the existing social order. These findings show that redistributive peace commitments are seen as potentially destabilizing, which in turn reinforces stigma against actors who advocate for redistribution. The study draws policy and practice recommendations to counteract such stigmatization, prevent violence, and support the implementation of the peace accord.
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    Un contexto adverso para la movilización por la paz. Estigmatización y justificación de la violencia contra promotores del Derecho a la tierra en Colombia
    Isabel Güiza-Gómez; Abby Córdova
    Colombia continúa siendo uno de los países más peligrosos para la movilización social por la paz, la democracia y la igualdad. A pesar de los compromisos redistributivos del acuerdo de paz de 2016, la violencia contra constructores de paz persiste: entre 2016 y 2023, fueron asesinados 1.804 líderes sociales y 351 firmantes del acuerdo. Esta violencia, sin embargo, no ha generado una contundente movilización ciudadana en rechazo. Este documento de política pública presenta hallazgos de una investigación académica que analiza las actitudes ciudadanas frente a la violencia letal contra líderes sociales y firmantes de paz, con énfasis en la estigmatización de estos actores y la justificación de dicha violencia. A partir de datos recolectados en dos encuestas en línea, las cuales son representativas de la población urbana con acceso a internet y fueron realizadas a finales de 2023, el estudio demuestra que la justificación de la violencia no depende principalmente de la identidad de los activistas—ya sean firmantes de paz o civiles que no participaron en la insurgencia—sino de las demandas que promueven. Cuando estos actores abogan por reformas estructurales como la redistribución de la tierra, son percibidos como amenazas al orden social. Los resultados subrayan que la implementación del acuerdo—especialmente, sus componentes redistributivos—es fundamental para contrarrestar la estigmatización y la justificación de la violencia contra los constructores de paz.
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    Resumen ejecutivo: Entre coacción y colaboración: Verdad judicial, actores económicos y conflicto armado en Colombia
    Sabine Michalowski; Daniel Marín López
    Aunque es claro que muchos de los actores económicos carecen de responsabilidad en el conflicto, y otros han sido víctimas de este, algunas investigaciones han demostrado que existen muchos que sí tuvieron un papel determinante en el origen, el desarrollo y la perpetuación de los ciclos de violencia armada en el país. Con la firma e implementación del Acuerdo Final de Paz entre el Gobierno de Colombia y las (FARC-EP) se ha puesto en marcha un complejo sistema de justicia transicional denominado Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. El Sistema está integrado fundamentalmente por una Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, una Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas y una jurisdicción transitoria encargada de judicializar a los responsables de los crímenes más graves y representativos ocurridos durante el largo conflicto armado colombiano, la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP. A esto se suman las medidas existentes de reparación a víctimas y un conjunto de herramientas para garantías de no repetición. Una de las preguntas que guió esta investigación partió del supuesto de que los terceros civiles tendrían que rendir cuentas ante la JEP. Lo anterior llevaba a pensar si existía justificación para incluir a terceros civiles en el componente penal de la justicia transicional creado a partir del AFP para dar un cierre jurídico al conflicto armado interno colombiano. Es por ello que Dejusticia y la Universidad de Essex decidió analizar las implicaciones de este marco de rendición de cuentas frente al rol de los «actores económicos» dentro del conflicto armado colombiano, dándole vida a un libro que se aproxima a las respuestas de tantas preguntas que dejó el acuerdo.
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    Mosaicos de la Justicia – Justice Mosaics: How context shapes Transitional Justice in fratured societies
    Roger Duthie (Ed.); Paul Seils (Ed.)
    Esta publicación presenta los principales hallazgos de un proyecto de investigación de varios años, dirigido por el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), sobre los desafíos y oportunidades que se presentan en la justicia transicional, cuando se busca responder a violaciones masivas de derechos humanos, en contextos diferentes. El capítulo 8 sobre Colombia, fue escrito por dos investigadores de Dejusticia. La historia muestra que las transiciones en Argentina y Chile difirieron significativamente de las transiciones en Guatemala y El Salvador, así como difirió la transición en Sur África de las transiciones de Europa Oriental y Central. Las diferencias en estas transiciones no solo fueron geográficas y temporales, sino también institucionales, políticas, sociales y económicas. Mientras los países han aprendido lecciones valiosas de la similitudes en las experiencias de cada uno, es importante mantener en mente sus diferencias también. Este volúmen editado de la investigación incluyó 12 de los 21 proyectos comisionados en este tema, en todo el mundo. El capítulo 8 sobre Colombia, fue escrito por Rodrigo Uprimny y Camilo Sánchez, investigadores de Dejusticia.
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    La Fuerza Pública en la Jurisdicción Especial para la Paz en Colombia: ¿un tratamiento especial o preferencial?
    Camila Andrea Santamaría Chavarro; Isabel Güiza-Gómez; Rodrigo Uprimny Yepes
    A lo largo del documento sostenemos que el tratamiento específico a la Fuerza Pública fue concebido en el acuerdo de paz para que sus integrantes rindieran cuentas en forma equivalente a los excombatientes guerrilleros. Esta es la versión en español traducida por las autoras del capítulo de libro originalmente publicado en inglés y titulado «Colombia’s Fuerza Pública (Security Forces) in the Special Jurisdiction for Peace: Special Treatment or Preferential Treatment?», el cual hace parte del libro Jus Post Bellum. Restraint, Stabilisation, and Peace editado por Patrick Mileham (Leiden Boston: Brill | Nijhoff, 2020). Nuestro capítulo analiza los aspectos positivos del tratamiento penal especial, simultáneo, equilibrado y equitativo a la Fuerza Pública, así como algunos puntos problemáticos del desarrollo normativo y aplicación de ese tratamiento. En efecto, uno de los asuntos en común de la Justicia Transicional (JT) y el Jus Post Bellum (JPB) es el juzgamiento de las Fuerzas Armadas por los crímenes que cometieron en guerras y el reajuste de su rol en situaciones de posconflicto. Este asunto es objeto de discusión hoy en Colombia, donde el Estado ha firmado un acuerdo de paz con la guerrilla FARC-EP. A lo largo del documento sostenemos que el tratamiento específico a la Fuerza Pública fue concebido en el acuerdo de paz para que sus integrantes rindieran cuentas en forma equivalente a los excombatientes guerrilleros. Sin embargo, en la práctica, pareciera que se ha otorgado un estándar de sanción menos riguroso a favor de la Fuerza Pública, pese a que este ejercía durante el conflicto la posición de garante de la ciudadanía. En el nivel normativo, la regulación de la responsabilidad de mando está en tensión con los requisitos mínimos exigidos por el derecho internacional público. Hay dos puntos que generan mayor preocupación: la prueba del mando y control efectivo del superior militar o policial, y el estándar de conocimiento. Igualmente, la reforma constitucional que creó la JEP excluye el Derecho Penal Internacional como fuente normativa para sancionar casos de Fuerza Pública, a pesar de que Colombia ya reconoció la jurisdicción complementaria de la Corte Penal Internacional. En el nivel práctico, distintos jueces colombianos otorgaron los beneficios judiciales pactados en el acuerdo de paz a favor de la Fuerza Pública, incluso antes de que la JEP comenzara a funcionar, lo cual generó la ausencia de un monitoreo serio del cumplimiento de deberes frente a las víctimas, que es la contraprestación exigida a los miembros de las fuerzas armados por los beneficios judiciales. Este contexto parece indicar que el tratamiento de la Fuerza Pública está mutando de especial a preferencial. Claramente, ello desconoce los derechos de las víctimas e impide la consolidación de la paz y la reconciliación. Ahora que la JEP está en pleno funcionamiento, serán los magistrados de esa jurisdicción quienes deberán resolver estas situaciones anómalas y revertir cualquier tratamiento preferencial a la Fuerza Pública que obstaculice la rendición de cuentas, la reparación y la búsqueda de la verdad a favor de las víctimas.
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    En busca de una decisión definitiva: Balance del avance de la Jurisdicción Especial para la Paz en la definición de la situación de los comparecientes
    Paola Molano Ayala; Paula Valencia Cortés; Salomé Vargas Cuida
    El Acuerdo de Paz de 2016 creó un modelo de justicia transicional dentro del que se encuentra la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Esta está a cargo de la rendición de cuentas judicial, de imponer las sanciones a quienes fueran identificados como máximos responsables, y de otorgar otros tratamientos de justicia, como amnistías y renuncias a la persecución penal, a quienes no tuvieran dicha condición y además cumplieran con una serie de requisitos agrupados en lo que se denominó como régimen de condicionalidad. No obstante, pese a múltiples esfuerzos por parte de la JEP por poner en marcha los diferentes componentes de su mandato, la definición de la situación jurídica de quienes no son máximos responsables, pero participaron en los crímenes más graves y representativos está rezagada. Esta situación no garantiza la seguridad jurídica de los comparecientes, impide la satisfacción de los derechos de las víctimas y pone en riesgo las condiciones para la reintegración social de quienes cometieron crímenes en el marco del conflicto. En vista de esta situación, este documento busca comprender el estado de las decisiones sobre la situación jurídica de quienes no son máximos responsables en crímenes no amnistiables, entender dónde radican las principales dificultades y, a partir de ello, proponer algunos elementos para avanzar en una discusión pública que permita superar el retraso en el cumplimiento de este componente del mandato de la JEP.
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    ¿Justicia Transicional sin transición? Verdad, justicia y reparación para Colombia
    Rodrigo Uprimny Yepes; María Paula Saffon Sanín; Catalina Botero Marino; Esteban Restrepo Saldarriaga
    La expresión ‘justicia transicional’ hace referencia a los procesos a través de los cuales se realizan transformaciones radicales de un orden social y político, bien sea por el paso de un régimen dictatorial a uno democrático, bien por la finalización de un conflicto interno armado y la consecución de la paz. Los procesos de justicia transicional enfrentan importantes dilemas, originados todos en la compleja necesidad de equilibrar los objetivos contrapuestos de justicia y paz. En efecto, en las últimas décadas se han consolidado imperativos jurídicos internacionales que protegen los derechos de las víctimas de violaciones masivas de derechos humanos ocurridas en la etapa previa a las transiciones y que buscan impedir que hechos como los acaecidos vuelvan a suceder. Estos derechos se concretan en el conocimiento de la verdad de los hechos ocurridos, en la obtención de una reparación por concepto de ello y en la judicialización y responsabilización del culpable de los crímenes. Sin embargo, las necesidades de paz y reconciliación nacional propias de los procesos transicionales presionan en dirección opuesta a dichos derechos, pues —sobre todo cuando el proceso transicional es consecuencia de una negociación política— para que los responsables de crímenes atroces acepten dejar atrás el régimen despótico o la guerra civil, es necesario que encuentren incentivos para hacerlo, tales como el perdón y el olvido de sus actos. No es posible ignorar estas tensiones entre justicia y paz; por ello, si bien es deseable buscar vías que tiendan a reducirlas, debe hacerse con la conciencia de que no es posible eliminarlas ni ignorarlas y que no existen fórmulas únicas satisfactorias en materia de justicia transicional.