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Publicación La implementación de la despenalización parcial del aborto en ColombiaAnnika DalénLa implementación voluntaria del embarazo (IVE) se encuentra parcialmente despenalizada en Colombia desde 2006, mediante la Sentencia C-355. Dicha despenalización tuvo efectos no solamente en el ámbito penal sino también en relación con el derecho a la salud. En este sentido, generó obligaciones para el Estado y derechos para las mujeres sobre su salud sexual y reproductiva. Sin embargo, a pesar de que ya se han cumplido siete años desde la emisión de la sentencia de la Corte Constitucional, persisten importantes barreras a la garantía efectiva del acceso a la IVE para las mujeres que se encuentran en los tres casos no penalizados. El propósito de este documento es entonces identificar algunos de los principales obstáculos que enfrenta la despenalización parcial del aborto en Colombia. La relevancia de esta identificación reside en que la existencia de barreras que dificultan o impiden el ejercicio de un derecho atenta contra el pleno ejercicio de la ciudadanía de las personas afectadas. Asimismo, el documento presenta algunas propuestas de política que apuntan a la solución de las problemáticas identificadas. El balance no es muy favorable, la investigación revela que las mujeres víctimas de violaciones graves de los derechos humanos ocurridas con ocasión y en desarrollo del conflicto armado enfrentan numerosas barreras para acceder efectivamente a la justicia, de allí que muchas de las atrocidades cometidas en su contra permanezcan en la impunidadPublicación La regulación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en ColombiaDiana Esther Guzmán Rodríguez ; Annika Dalén; Paola Molano AyalaEl propósito de este documento es abordar la pregunta sobre cuál es el estado actual de la reglamentación de la IVE en Colombia. Frente a ella, mostramos que a pesar de que en la actualidad no existe un decreto reglamentario, Colombia cuenta con un marco normativo que se ha desarrollado principalmente por vía jurisprudencial, desde la sentencia C-355, pues establece las bases dentro de las cuales se debe configurar la prestación del servicio, las cuales debería ser suficiente para garantizar efectivamente los derechos de las mujeres que se encuentran en las causales despenalizadas. Además, existen normas de rango legal y reglamentario que son aplicables a la IVE, y que fijan condiciones específicas que resultan necesarias para que la prestación de los servicios de salud sea efectiva y segura.Publicación Justicia para la Paz: Crímenes atroces, derecho a la justicia y paz negociadaRodrigo Uprimny Yepes; Luz María Sánchez Duque; Nelson Camilo Sánchez LeónEste libro busca contribuir al difícil debate sobre cómo compatibilizar los imperativos de la justicia y los derechos de las víctimas con las dinámicas propias de una negociación de paz. Parte del supuesto de que las medidas que deberán implementar la sociedad y el Estado colombiano para superación democrática del conflicto armado son múltiples y complejas. Incluyen procesos de transformación democrática sobre el uso y la tenencia de la tierra, apertura de espacios reales de participación política y ciudadana, satisfacción efectiva de los derechos de millones de víctimas y la reintegración de varios miles de combatientes, entre otras medidas. Pero uno de los temas que ha suscitado mayores controversias y dudas es la manera de compatibilizar la búsqueda de la paz con el deber del Estado de sancionar las graves violaciones de los derechos humanos. Este trabajo intenta pondera ambos imperativos en lo que los autores han denominado como una justicia para la paz. Por esta entendemos la búsqueda de una paz que sea justa y sensible a los derechos de las víctimas; pero igualmente una concepción de la justicia y de los derechos de las víctimas que permita una paz negociada, que es una paz éticamente superior a aquella que sea conseguida a través de la victoria militar. Así como no es viable ni jurídica ni políticamente un proceso de paz que arrase con los derechos de las víctimas, tampoco es viable jurídicamente una conceptualización de los derechos de las víctimas que imposibilite un proceso de paz, pues no solo la paz es un presupuesto material para el goce efectivo de nuestros derechos humanos, sino que, en la Constitución de 1991, es un derecho de obligatorio cumplimiento.