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Publicación Justicia restaurativa, diálogo, reparación y rendición de cuentas de actores económicos en ColombiaAarón Alfredo Acosta; Ema Gómez Jaramillo; Alejandro Jiménez Ospina; María José León-Marín; Michael Monclou Chaparro; Laura Natalia Torres AcostaA pesar de un recorte temprano de sus competencias, la Jurisdicción Especial para la Paz sigue siendo una apuesta novedosa en el mundo para afrontar la responsabilidad corporativa por atrocidades del pasado. Su modelo preminentemente restaurativo con componentes retributivos presenta una alternativa a las distintas aproximaciones que se han hecho en el mundo a la rendición de cuentas de actores económicos y, vale aclarar, a las que se han intentado en Colombia también. Uno de los componentes esenciales del modelo es el compromiso que adquieren los comparecientes, incluidos los actores económicos, de contribuir a la reparación de las víctimas y la restauración del daño para recibir una serie de beneficios penales. Durante más de dos años los y las autoras nos dimos a la tarea de entender cómo estaban funcionando efectivamente los procesos de construcción de compromisos de reparación de actores económicos que han acudido ante la Jurisdicción Especial para la Paz. Teníamos dos objetivos, que son los mismos que guían este libro. Primero, uno descriptivo, que busca entregar un recuento de cómo funciona, en la teoría y la práctica, el modelo alternativo de rendición de cuentas en que se basa la Jurisdicción Especial para la Paz. Segundo, uno analítico, que pretende aventurar aproximaciones a cómo desarrollar de mejor manera los procesos de construcción de compromisos de reparación por parte de actores económicos en el marco de trámites dialógicos restaurativos.Publicación Los terceros complejos: Recomendaciones para el ejercicio de la competencia limitada de la JEP en casos de actores económicosSabine Michalowski; Alejandro Jiménez Ospina; Hobeth Martínez Carrillo; Daniel Marín LópezEste documento busca proponer cursos de acción para superar las dificultades que pueden surgir en el marco del proceso para responsabilizar a actores económicos al interior de la JEP por su participación en los delitos de su competencia. La transición que la sociedad colombiana decidió realizar para superar el conflicto armado que enfrentó al Estado con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) incluye procesar penalmente a los máximos responsables de los crímenes más graves, para lo cual se creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). La complejidad del conflicto armado colombiano es irreductible a la confrontación bélica entre la fuerza pública y los actores armados ilegales. De ahí se acordó en La Habana, como parte del Punto 5 del Acuerdo Final de Paz, que el componente judicial del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición incluyera a todos aquellos que hubieran participado directa o indirectamente en el conflicto. Allí entran en juego los actores económicos, aquellas personas que realizan actividades empresariales o comerciales y que, en desarrollo de estas y sin hacer parte de ninguno de los bandos en conformación, hayan contribuido (presuntamente) a delitos cometidos en el marco del conflicto armado. Entender la forma en que estas personas actuaron, los contextos en los que se encontraban insertos y sus responsabilidades penales, por lo menos en los delitos más graves, es crucial para garantizar los derechos de las víctimas, cumplir la obligación del Estado de investigar, juzgar y sancionar las violaciones de los derechos humanos, dar un cierre jurídico completo al conflicto y, a fin de cuentas, para que la sociedad colombiana entienda el papel que jugaron los actores económicos en el conflicto. Este documento persigue un doble propósito: de una parte socializar insumos a disposición de la JEP para llevar a cabo su labor, basados en investigaciones previas de Dejusticia y la Red de Justicia Transicional de la Universidad de Essex; y, de otra, proponer cursos de acción para superar las dificultades que pueden surgir en el marco del proceso para responsabilizar a actores económicos al interior de la JEP por su participación en los delitos de su competencia.Publicación Resumen ejecutivo: Los terceros complejos: Recomendaciones para el ejercicio de la competencia limitada de la JEP en casos de actores económicosSabine Michalowski; Alejandro Jiménez Ospina; Hobeth Martínez Carrillo; Daniel Marín LópezFuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) incluye procesar penalmente a los máximos responsables de los crímenes más graves, para lo cual se creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). La complejidad del conflicto armado colombiano es irreductible a la confrontación bélica entre la fuerza pública y los actores armados ilegales. De ahí se acordó en La Habana, como parte del Punto 5 del Acuerdo Final de Paz, que el componente judicial del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición incluyera a todos aquellos que hubieran participado directa o indirectamente en el conflicto. Allí entran en juego los actores económicos, aquellas personas que realizan actividades empresariales o comerciales y que, en desarrollo de estas y sin hacer parte de ninguno de los bandos en conformación, hayan contribuido (presuntamente) a delitos cometidos en el marco del conflicto armado. Entender la forma en que estas personas actuaron, los contextos en los que se encontraban insertos y sus responsabilidades penales, por lo menos en los delitos más graves, es crucial para garantizar los derechos de las víctimas, cumplir la obligación del Estado de investigar, juzgar y sancionar las violaciones de los derechos humanos, dar un cierre jurídico completo al conflicto y, a fin de cuentas, para que la sociedad colombiana entienda el papel que jugaron los actores económicos en el conflicto. Este documento persigue un doble propósito: de una parte socializar insumos a disposición de la JEP para llevar a cabo su labor, basados en investigaciones previas de Dejusticia y la Red de Justicia Transicional de la Universidad de Essex; y, de otra, proponer cursos de acción para superar las dificultades que pueden surgir en el marco del proceso para responsabilizar a actores económicos al interior de la JEP por su participación en los delitos de su competencia.