Descriminalizar para proteger. Modelos alternativos de regulación del aborto: Despenalización total y regulación sanitaria en Canadá, Australia y Nueva York
dc.creator | María Ximena Dávila Contreras | |
dc.creator | María Clara Zea Gallego | |
dc.creator | Diana Esther Guzmán Rodríguez | |
dc.creator | Nina Chaparro González | |
dc.date | 2021 | |
dc.date.accessioned | 2024-11-01T16:15:41Z | |
dc.description | Anti-discriminacion_Genero | |
dc.description.abstract | Hoy existen en el derecho comparado varios modelos de regulación del aborto, los cuales transitan en un espectro de mayor o menor uso del derecho penal o en la exigencia de requisitos necesarios para acceder al servicio. De un lado, encontramos aquellos modelos más cercanos al uso intensivo del derecho penal que criminalizan a la mujer y a quienes prestan el servicio del aborto. Y, de otro lado, están aquellos que reducen el uso del derecho penal, ya sea por medio de causales -en donde es permitido el aborto en ciertas circunstancias generalmente extremas- o de plazos -en donde las mujeres pueden acceder al aborto sin requisitos los primeros meses de gestación-. En este texto presentamos una nueva alternativa que se desprende por completo del derecho penal y regula el aborto únicamente a través de leyes sanitarias. A este modelo le llamamos despenalización total y regulación sanitaria. Nuestro objetivo es mostrar que la despenalización total, entendida como la eliminación del delito de aborto de los códigos penales, es posible y puede coexistir con una regulación basada en la salud pública, orientada a garantizar el acceso a los servicios de aborto. Para esto, presentaremos tres casos de estudio de países y estados federales que han regulado el aborto exclusivamente mediante leyes sanitarias y, por lo tanto, han prescindido de cualquier tipo de criminalización en contra de mujeres o profesionales de la salud que accedan o practiquen un aborto, respectivamente. Los tres lugares que estudiamos en este texto son: i) Canadá, que despenalizó el aborto en 1988 mediante la decisión R. vs. Morgentaler; ii) El Territorio Capital de Australia (TCA), en Australia, que eliminó el delito de aborto del Código Penal mediante una enmienda legal en 2002; y iii) El Estado de Nueva York, en Estados Unidos, donde se eliminó el delito de los códigos federales mediante el Reproductive Health Act de 2019. | |
dc.description.pages | 28 | |
dc.description.size | 21,5 x 28 cm | |
dc.identifier | - | |
dc.identifier.citation | Dávila Contreras, M. X., Zea Gallego, M. C., Guzmán Rodríguez, D. E., y Chaparro González, N. (2021). Descriminalizar para proteger. Modelos alternativos de regulación del aborto: Despenalización total y regulación sanitaria en Canadá, Australia y Nueva York. Derecho en Breve (14). Dejusticia. | |
dc.identifier.doi | https://doi.org/10.51438/DJdavila2021b | |
dc.identifier.issn | 2745-1879 | |
dc.identifier.uri | https://publicaciones.dejusticia.org/handle/dejusticia/166 | |
dc.relation | 14 | |
dc.subject | Aborto | |
dc.subject | IVE | |
dc.subject | interrupción voluntaria del embarazo | |
dc.subject | descriminalizar | |
dc.subject | despenalización total del aborto | |
dc.subject | regulación del aborto | |
dc.subject | regulación sanitaria del aborto | |
dc.subject | criminalización del aborto | |
dc.title | Descriminalizar para proteger. Modelos alternativos de regulación del aborto: Despenalización total y regulación sanitaria en Canadá, Australia y Nueva York |
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