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Publicación La guerra en movimiento. Tomas guerrilleras y crímenes de guerra en la ejecución del plan estratégico de las FARC-EP en el Tolima (1993-2002)Juana Dávila Sáenz; Felipe León Villamil; Bibiana Ramírez; Ricardo Cruz; Juan Diego RestrepoRecordar, conocer y reconocer la guerra con las antiguas FARC-EP es un ejercicio necesario para la reparación de las comunidades más afectadas y para la reconciliación política más ampliamente considerada. Con ese objetivo, hemos preparado este informe sobre las tomas armadas de pueblos en el Tolima, quizás el teatro de la guerra de más larga duración en la historia del conflicto armado con esa guerrilla. A partir de una investigación y un relato de índole periodística, ofrecemos a un público no especializado una reconstrucción histórica de las tomas guerrilleras como práctica de guerra y su papel en el plan que se habían trazado las FARC para la toma del poder. Este análisis de "las tomas para la toma del poder" lo acompañamos, además, de argumentos socio-jurídicos para que, con fines restaurativos, eventualmente la Jurisdicción Especial para la Paz juzgue este patrón de conducta.Publicación Las reparaciones, ¿es imposible pagarlas? El caso de la política de reparación a sobrevivientes de violencia sexual y víctimas del conflicto armado en ColombiaDiana Esther Guzmán Rodríguez; Paula Valencia Cortés; Randy Villalba Arango; Paola Molano AyalaEl derecho a la reparación para víctimas de violaciones a los derechos humanos es uno de los pilares de la justicia transicional, y es un principio reconocido ampliamente tanto por la literatura como por estándares de derechos humanos. A pesar de su importancia, los programas administrativos de reparación suelen ser considerados políticas con altos costos y poco efectivas. Aún así, la literatura sobre reparaciones ha dejado de lado la pregunta por la viabilidad financiera de estos programas. Buscando acercarnos a esta pregunta, este texto aporta al análisis sobre la financiación de los programas administrativos de reparación, en particular la reparación de la violencia sexual, a partir de la experiencia colombiana. Así, analizamos cómo se definió la viabilidad financiera de la política de reparaciones creada en 2011, cómo se ha comportado el presupuesto destinado a las reparaciones entre 2012 y 2022, y cuál ha sido el lugar de la reparación por hechos de violencia sexual en este marco. Este estudio nos permite identificar elementos metodológicos, conceptuales y políticos importantes para establecer qué ha funcionado bien y qué ha sido problemático en este proceso. A partir de esto, discutimos factores que deben tenerse en cuenta en distintos contextos para garantizar programas sostenibles que satisfagan los derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos, especialmente los de las sobrevivientes de violencia sexual.Publicación ¿Cómo contribuir a la paz con verdad y justicia? Aportes a la verdad y reconocimiento de responsabilidad por quienes serán seleccionados en la Jurisdicción Especial para la PazSabine Michalowski; Michael Cruz Rodríguez; Hobeth Martínez Carrillo¿Qué significa ‘reconocer responsabilidad y aportar verdad’ ante la Jurisdicción Especial para la Paz? Esta es la pregunta fundamental que se aborda en el presente documento. Esta pregunta se responde haciendo referencia exclusivamente a aquellos comparecientes que puedan ser seleccionados por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad como máximos responsables o partícipes determinantes. Se parte de la distinción fundamental entre ‘aportes a la verdad’, entendidos como la contribución de información relevante para la JEP que los comparecientes hacen en el contexto de un macrocaso específico, y ‘reconocimiento de responsabilidad’, definido como el acto de admitir la ocurrencia de crímenes expresados en patrones y políticas de macrocriminalidad y el rol desempeñado en ellos. El documento presenta y analiza diferentes situaciones problemáticas que se pueden presentar en relación con dichos aportes a la verdad y reconocimiento de responsabilidad, a saber: los aportes parciales a la verdad; la valoración de la verdad subjetiva de los comparecientes; la posibilidad de controvertir la determinación de los hechos y conductas como presupuesto para materializar el principio dialógico; la relación entre el reconocimiento del patrón de macrocriminalidad y el reconocimiento de los hechos particulares; el alcance de la aceptación de responsabilidad; y la relación entre reconocer la responsabilidad y la selección como máximo responsable o partícipe determinante. Con base en el análisis de estas situaciones, en la sección final del documento se plantea un listado de recomendaciones específicas a la JEP sobre cómo enfrentar dichas dificultades.Publicación Justicia transicional y acción sin daño: Una reflexión desde el proceso de restitución de tierrasAura Patricia Bolívar Jaime; Olga del Pilar Vásquez CruzLas herramientas pedagógicas presentadas a continuación buscan servir como una compilación rápida de consulta que permita a los funcionarios tener a su alcance una guía de cómo asumir algunos de los retos más usuales en su trabajo diario. Entre 2012 y 2013 aproximadamente 7.073.897 hectáreas de tierras fueron objeto de despojo y abandono en Colombia, según la Primera Encuesta Nacional de Víctimas realizada por la Contraloría General de la Republica. Esta situación ha afectado la integridad física y el proyecto de vida de las víctimas, ha disminuido el crecimiento anual de la economía agropecuaria, ha destruido lazos comunitarios, y ha dificultado la consolidación del Estado de derecho, la democracia y la paz. El objetivo de la restitución de tierras no es otro que la consolidación de un verdadero Estado de derecho, y una democracia bajo la idea de que no es legítimo o aceptable reactivar la economía agraria ignorando la ilegalidad que la fundamenta. Ahora bien, este proceso de restitución ha enfrentado enormes dificultades. La guerra continúa y muchos de los poderes que han estado detrás del despojo siguen dominando en muchas regiones. Los desafíos de seguridad son entonces enormes, no solo para las víctimas sino también para los funcionarios y funcionarias que implementan la política de restitución. Además, existen problemas jurídicos muy serios y difíciles. Los materiales de formación buscan hacer un aporte modesto, pero importante, a este proceso de reconstrucción de confianza ciudadana en las instituciones, mediante la formulación de metodologías de acción que permitan enfrentar estos desafíos jurídicos y técnicos. El objetivo principal es presentar a los funcionarios responsables de tramitar las peticiones de restitución de tierras, una serie de herramientas que permitan facilitar su trabajo en el terreno.Publicación ¿A quiénes sancionar? Máximos responsables y participación determinante en la Jurisdicción Especial para la PazSabine Michalowski; Michael Cruz Rodríguez; Hobeth Martínez CarrilloEl deber estatal de investigar, juzgar y sancionar graves violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario enfrenta importantes retos en contextos de justicia transicional. La priorización de algunos casos y la selección de los más serios responsables no riñe con el cumplimiento de dicho deber estatal, siempre y cuando el Estado preserve la posibilidad de imponer una sanción efectiva. Las reformas que elevaron a rango constitucional parte del Acuerdo Final de Paz (AFP) facultaron a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para priorizar algunos casos y concentrar el ejercicio de la acción penal en los máximos responsables de los crímenes más graves y representativos. Por su lado, la Ley Estatutaria de la JEP (L1957/19) indicó que la participación determinante constituye un criterio de selección de los responsables que pueden ser llevados ante el Tribunal. Sin embargo, el contenido de los conceptos y la manera en que deberían ser aplicados por la JEP quedaron indeterminados. Con el objetivo de aportar en esta discusión, después de un análisis de la experiencia de algunos tribunales penales internacionales, este libro plantea una distinción entre los conceptos de máximo responsable y participación determinante. Su consecuencia práctica es que mientras el máximo responsable siempre debe ser seleccionado por su rol en el diseño, formulación y planeación de los planes o políticas de violencia organizada (PPVO), el partícipe determinante contribuye sustancial y efectivamente para que estos PPVO se ejecuten y su selección es optativa. Más que dar respuestas unívocas, esta propuesta busca contribuir al debate y ofrecer herramientas analíticas para orientar el trabajo de la JEP. En particular, apunta a asistir a la Jurisdicción en su labor de esclarecimiento de la verdad y la responsabilidad y en la protección de los derechos de las víctimas del conflicto armado colombiano.Publicación Principales implicados: La selección de los máximos responsables y partícipes no determinantes en la Jurisdicción Especial para la Paz, lecciones del Caso 03Sabine Michalowski; Jorge Alberto Parra Norato; Tatiana Piñeros RodríguezEn la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), de los conceptos de máximo responsable y de partícipe no determinante y cómo diferenciarlos depende quiénes son las personas con la más alta responsabilidad para los crímenes de sistema cometidos durante el conflicto colombiano que merecen un trato sancionatorio (máximos responsables) y quiénes recibirán un trato no sancionatorio, salvo en circunstancias excepcionales (participes no determinantes). Estos conceptos también determinan la ruta procesal para definir la situación jurídica de los comparecientes. Para evaluar los avances de la JEP sobre estos conceptos complejos y presentar recomendaciones para su futuro trabajo, con base en la jurisprudencia relevante de la Sección de Apelación de la JEP y de decisiones tomadas por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad en cuatro sub-casos del macrocaso 03 (asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado), el documento analiza los criterios de selección positiva de los máximos responsables y de la selección positiva excepcional de algunos partícipes no determinantes, así como las decisiones sobre la remisión de los comparecientes no seleccionados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas para tratamientos judiciales no sancionatorios. También presentamos reflexiones sobre los distintos mecanismos de control de la selección negativa.Publicación Más allá de los máximos responsables. Los partícipes no determinantes en los crímenes más graves y representativos ante la Jurisdicción Especial para la PazSabine Michalowski; Michael Cruz RodríguezEl presente documento se pregunta cómo definir la situación jurídica de los comparecientes que no hayan tenido participación determinante en los crímenes más graves y representativos ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Mientras que la situación jurídica de los máximos responsables en estos crímenes tiene que ser definida por vía de selección y sanción, la de los comparecientes con participación no determinante puede variar entre tratamientos penales especiales no sancionatorios (rutas de selección negativa) o, excepcionalmente, la selección con fines de imponer sanciones propias o alternativas inferiores a cinco años (rutas de selección positiva excepcional). En ese sentido, las preguntas principales que orientan esta reflexión son: ¿qué es la participación no determinante en los crímenes más graves y representativos? y ¿cómo definir la situación jurídica de aquellos comparecientes que pertenecen a esta categoría? El propósito de este documento es estudiar distintas opciones y su conveniencia para el trabajo de la JEP. Así, el texto se divide en tres partes. La primera examina el concepto de participación no determinante en los crímenes más graves y representativos. La segunda describe la definición de las situaciones jurídicas mediante el proceso de selección gradual, en las rutas de selección positiva excepcional y las rutas de selección negativa (o no selección) de los partícipes no determinantes. Para finalizar, la tercera plantea algunas recomendaciones sobre el tratamiento penal especial de estos comparecientes en la JEP.Publicación Justicia restaurativa, diálogo, reparación y rendición de cuentas de actores económicos en ColombiaAarón Alfredo Acosta; Ema Gómez Jaramillo; Alejandro Jiménez Ospina; María José León-Marín; Michael Monclou Chaparro; Laura Natalia Torres AcostaA pesar de un recorte temprano de sus competencias, la Jurisdicción Especial para la Paz sigue siendo una apuesta novedosa en el mundo para afrontar la responsabilidad corporativa por atrocidades del pasado. Su modelo preminentemente restaurativo con componentes retributivos presenta una alternativa a las distintas aproximaciones que se han hecho en el mundo a la rendición de cuentas de actores económicos y, vale aclarar, a las que se han intentado en Colombia también. Uno de los componentes esenciales del modelo es el compromiso que adquieren los comparecientes, incluidos los actores económicos, de contribuir a la reparación de las víctimas y la restauración del daño para recibir una serie de beneficios penales. Durante más de dos años los y las autoras nos dimos a la tarea de entender cómo estaban funcionando efectivamente los procesos de construcción de compromisos de reparación de actores económicos que han acudido ante la Jurisdicción Especial para la Paz. Teníamos dos objetivos, que son los mismos que guían este libro. Primero, uno descriptivo, que busca entregar un recuento de cómo funciona, en la teoría y la práctica, el modelo alternativo de rendición de cuentas en que se basa la Jurisdicción Especial para la Paz. Segundo, uno analítico, que pretende aventurar aproximaciones a cómo desarrollar de mejor manera los procesos de construcción de compromisos de reparación por parte de actores económicos en el marco de trámites dialógicos restaurativos.Publicación Estrategias para una reforma rural transicionalNelson Camilo Sánchez LeónCon la firma del ‘Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera’, Colombia entra en una nueva fase. Estamos ahora ante el desafío de cumplir las promesas ambiciosas y necesarias del acuerdo. La creación de unas nuevas políticas rurales y la regulación de las estructuras agrarias, están en la base de las prioridades de la agenda de construcción de paz. La discusión sobre transición política y justicia transicional puede ser usada como puerta de entrada a la implementación de las políticas sobre ruralidad, incluyendo las de acceso a la tierra y producción rural. Dada la especificidad del conflicto colombiano, la ruta institucional que ha tenido el país (tanto en sus aciertos como en sus fracasos) y el momento de apertura política que trae la etapa de posacuerdo, Colombia debería reforzar sus políticas de justicia transicional concentradas en la restitución de tierras y complementarlas con políticas integrales de acceso y uso de la tierra. La mejor manera de enfrentar los inmensos desafíos de la transformación de las relaciones rurales en el país, es profundizar los esfuerzos actuales de restitución enganchándolos a una política de más larga escala, que debería ser diseñada en coordinación y a partir de los acumulados positivos de la experiencia de restitución de tierras reciente. La historia muestra enormes deudas de la institucionalidad colombiana con los problemas rurales. Y la implementación de los acuerdos vuelven a traer a la discusión política una oportunidad de saldar una deuda histórica con el campesinado colombiano y con ello, evitar la repetición de los múltiples fracasos del pasado. Este texto hace parte de la colección 'Ideas para construir la paz' que cuenta con diez volúmenes, a través de los cuales Dejusticia busca aportar una serie de documentos temáticos para ofrecer diagnósticos y propuestas sobre algunos de los retos institucionales centrales de esta nueva etapa.Publicación Restitución de tierras, política de vivienda y proyectos productivos: Ideas para el poscuerdoAura Patricia Bolívar Jaime; Angie Paola Botero Giraldo; Laura Gabriela Gutiérrez BaqueroEste documento pretende examinar los resultados del proceso de restitución de tierras, haciendo énfasis en su articulación con las políticas de vivienda y generación de ingresos, componentes centrales que la restitución y el retorno requieren para garantizar a las víctimas restituidas condiciones de vida digna en términos de habitabilidad y sostenibilidad económica. Así lo ha reconocido la Corte Constitucional, órgano que en múltiples sentencias ha señalado que es deber del Estado otorgar a las víctimas un trato especial, preferente y prioritario, puntualmente en lo que respecta al derecho fundamental a la vivienda digna y a la implementación de políticas dirigidas a generar condiciones de sostenibilidad económica, teniendo en cuenta que el delito del desplazamiento supone el abandono forzado del lugar de residencia y la pérdida de condiciones para autosostenerse. En consecuencia, este documento parte de la tesis según la cual la sostenibilidad del proceso de restitución depende de la implementación, articulación y complementariedad de esta política con otros esfuerzos dirigidos a fomentar condiciones para el retorno de las víctimas y su reintegración a la vida productiva en el campo, sin los cuales no sería posible garantizar el retorno en condiciones dignas y duraderas y lograr un desarrollo económico e inclusión social democrática. Este texto hace parte de la colección 'Ideas para construir la paz' que cuenta con diez volúmenes, a través de los cuales Dejusticia busca aportar una serie de documentos temáticos para ofrecer diagnósticos y propuestas sobre algunos de los retos institucionales centrales de esta nueva etapa.