Resultados de la búsqueda

Mostrando 1 - 10 de 19
  • Miniatura
    Publicación
    La guerra en movimiento. Tomas guerrilleras y crímenes de guerra en la ejecución del plan estratégico de las FARC-EP en el Tolima (1993-2002)
    Juana Dávila Sáenz; Felipe León Villamil; Bibiana Ramírez; Ricardo Cruz; Juan Diego Restrepo
    Recordar, conocer y reconocer la guerra con las antiguas FARC-EP es un ejercicio necesario para la reparación de las comunidades más afectadas y para la reconciliación política más ampliamente considerada. Con ese objetivo, hemos preparado este informe sobre las tomas armadas de pueblos en el Tolima, quizás el teatro de la guerra de más larga duración en la historia del conflicto armado con esa guerrilla. A partir de una investigación y un relato de índole periodística, ofrecemos a un público no especializado una reconstrucción histórica de las tomas guerrilleras como práctica de guerra y su papel en el plan que se habían trazado las FARC para la toma del poder. Este análisis de "las tomas para la toma del poder" lo acompañamos, además, de argumentos socio-jurídicos para que, con fines restaurativos, eventualmente la Jurisdicción Especial para la Paz juzgue este patrón de conducta.
  • Miniatura
    Publicación
    Estrategias para una reforma rural transicional
    Nelson Camilo Sánchez León
    Con la firma del ‘Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera’, Colombia entra en una nueva fase. Estamos ahora ante el desafío de cumplir las promesas ambiciosas y necesarias del acuerdo. La creación de unas nuevas políticas rurales y la regulación de las estructuras agrarias, están en la base de las prioridades de la agenda de construcción de paz. La discusión sobre transición política y justicia transicional puede ser usada como puerta de entrada a la implementación de las políticas sobre ruralidad, incluyendo las de acceso a la tierra y producción rural. Dada la especificidad del conflicto colombiano, la ruta institucional que ha tenido el país (tanto en sus aciertos como en sus fracasos) y el momento de apertura política que trae la etapa de posacuerdo, Colombia debería reforzar sus políticas de justicia transicional concentradas en la restitución de tierras y complementarlas con políticas integrales de acceso y uso de la tierra. La mejor manera de enfrentar los inmensos desafíos de la transformación de las relaciones rurales en el país, es profundizar los esfuerzos actuales de restitución enganchándolos a una política de más larga escala, que debería ser diseñada en coordinación y a partir de los acumulados positivos de la experiencia de restitución de tierras reciente. La historia muestra enormes deudas de la institucionalidad colombiana con los problemas rurales. Y la implementación de los acuerdos vuelven a traer a la discusión política una oportunidad de saldar una deuda histórica con el campesinado colombiano y con ello, evitar la repetición de los múltiples fracasos del pasado. Este texto hace parte de la colección 'Ideas para construir la paz' que cuenta con diez volúmenes, a través de los cuales Dejusticia busca aportar una serie de documentos temáticos para ofrecer diagnósticos y propuestas sobre algunos de los retos institucionales centrales de esta nueva etapa.
  • Miniatura
    Publicación
    Restitución de tierras, política de vivienda y proyectos productivos: Ideas para el poscuerdo
    Aura Patricia Bolívar Jaime; Angie Paola Botero Giraldo; Laura Gabriela Gutiérrez Baquero
    Este documento pretende examinar los resultados del proceso de restitución de tierras, haciendo énfasis en su articulación con las políticas de vivienda y generación de ingresos, componentes centrales que la restitución y el retorno requieren para garantizar a las víctimas restituidas condiciones de vida digna en términos de habitabilidad y sostenibilidad económica. Así lo ha reconocido la Corte Constitucional, órgano que en múltiples sentencias ha señalado que es deber del Estado otorgar a las víctimas un trato especial, preferente y prioritario, puntualmente en lo que respecta al derecho fundamental a la vivienda digna y a la implementación de políticas dirigidas a generar condiciones de sostenibilidad económica, teniendo en cuenta que el delito del desplazamiento supone el abandono forzado del lugar de residencia y la pérdida de condiciones para autosostenerse. En consecuencia, este documento parte de la tesis según la cual la sostenibilidad del proceso de restitución depende de la implementación, articulación y complementariedad de esta política con otros esfuerzos dirigidos a fomentar condiciones para el retorno de las víctimas y su reintegración a la vida productiva en el campo, sin los cuales no sería posible garantizar el retorno en condiciones dignas y duraderas y lograr un desarrollo económico e inclusión social democrática. Este texto hace parte de la colección 'Ideas para construir la paz' que cuenta con diez volúmenes, a través de los cuales Dejusticia busca aportar una serie de documentos temáticos para ofrecer diagnósticos y propuestas sobre algunos de los retos institucionales centrales de esta nueva etapa.
  • Miniatura
    Publicación
    Los segundos ocupantes en el proceso de restitución de tierras: reto a la reparación con vocación transformadora
    Hobeth Martínez Carrillo
    En “Los segundos ocupantes en el proceso de restitución de tierras” se encuentran los resultados de una investigación acerca de las ocupaciones secundarias en el proceso de restitución de tierras previsto en la Ley 1448 de 2011, elaborado a partir del análisis a profundidad de algunos casos en el departamento de Sucre. En el curso de la investigación se identificaron y analizaron dos problemáticas relacionadas: las dificultades de implementación de la política pública de restitución de tierras, particularmente las que han surgido a raíz de la situación de los segundos ocupantes vulnerables y la respuesta estatal que se le ha dado a la problemática, así como la situación de aqullas personas que, sin estar en una condición de vulnerabilidad socioeconómica en el presente, podrían legítimamente solicitar una atención del Estado para evitar una acción con daño. El principal planteamiento es que existe una respuesta institucional a los problemas asociados a los segundos ocupantes, pero que se observan fallas en la implementación de dicha respuesta institucional al menos en dos niveles: en primer lugar, en relación con los segundos ocupantes vulnerables, frente a los cuales se identifican algunas barreras de acceso que dificultan su efectiva y temprana atención, y que involucran la actividad de varias instituciones competentes dentro del proceso de restitución de tierras; en segundo lugar, en relación con otro tipo de segundos ocupantes que, sin ser vulnerables, legítimamente merecerían recibir la atención del Estado, pues como efecto de la restitución podrían caer en lo que acá se denomina como vulnerabilidad sobreviniente. Frente a estos es posible y legítimo, por vía de interpretación, que se les reconozcan y apliquen las mismas medidas desarrolladas para los segundos ocupantes vulnerables. Descripción tomada de: https://www.dejusticia.org/publication/los-segundos-ocupantes-en-el-proceso-de-restitucion-de-tierras/
  • Miniatura
    Publicación
    Catastro para la paz. Tensiones, problemas, posibilidades
    Felipe León Villamil; Juana Dávila Sáenz
    Este estudio está dirigido a reconstruir y a analizar la evolución de la política de catastro multipropósito y su oscilación entre diversos modelos, y generar recomendaciones en clave de una “justicia transicional económica”.
  • Miniatura
    Publicación
    TOAR anticipados y Sanciones Propias: reflexión informada para la jurisdicción especial para la paz
    Clara Sandoval Villalba; Hobeth Martínez Carrillo; Michael Cruz Rodríguez; Nicolás Zuluaga Afanador; Juliana Galindo Villarreal; Pilar Lovelle Moraleja; Juliette Vargas Trujillo; Adriana Romero Sánchez; Andrea Rodríguez Daza
    El ‘régimen de condicionalidad’ es una innovación del actual proceso de justicia transicional colombiano cuya materialización enfrenta múltiples retos. Dicho régimen es un mecanismo mediante el cual la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) busca que los beneficios a los comparecientes se confieran sobre la base de su efectiva contribución a los derechos de las víctimas (verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición). Este esquema de beneficios condicionados aplica para todos los comparecientes ante la JEP y se operacionaliza a través de los Trabajos, Obras o Acciones con sentido Reparador (TOAR) y/o mediante las Sanciones Propias en aquellos casos en que se trate de comparecientes seleccionados. A partir de procesos de investigación emprendidos por varias instituciones que vienen observando la JEP, este documento identifica y reflexiona sobre algunos retos del régimen de condicionalidad, tales como la forma de entender la dimensión reparadora y restauradora de los TOAR, la indeterminación de algunos conceptos, la falta de claridad sobre los mecanismos de participación de las víctimas, la situación de inseguridad en varias regiones del país, así como la falta de articulación entre instituciones y programas derivados del Acuerdo Final de Paz. La reflexión permite plantear algunas recomendaciones que buscan contribuir a la materialización de los principios de efectividad de la justicia restaurativa y centralidad de las víctimas que orientan el trabajo de la jurisdicción.
  • Miniatura
    Publicación
    ¿A quiénes sancionar? Máximos responsables y participación determinante en la Jurisdicción Especial para la Paz
    Sabine Michalowski; Michael Cruz Rodríguez; Hobeth Martínez Carrillo
    El deber estatal de investigar, juzgar y sancionar graves violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario enfrenta importantes retos en contextos de justicia transicional. La priorización de algunos casos y la selección de los más serios responsables no riñe con el cumplimiento de dicho deber estatal, siempre y cuando el Estado preserve la posibilidad de imponer una sanción efectiva. Las reformas que elevaron a rango constitucional parte del Acuerdo Final de Paz (AFP) facultaron a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para priorizar algunos casos y concentrar el ejercicio de la acción penal en los máximos responsables de los crímenes más graves y representativos. Por su lado, la Ley Estatutaria de la JEP (L1957/19) indicó que la participación determinante constituye un criterio de selección de los responsables que pueden ser llevados ante el Tribunal. Sin embargo, el contenido de los conceptos y la manera en que deberían ser aplicados por la JEP quedaron indeterminados. Con el objetivo de aportar en esta discusión, después de un análisis de la experiencia de algunos tribunales penales internacionales, este libro plantea una distinción entre los conceptos de máximo responsable y participación determinante. Su consecuencia práctica es que mientras el máximo responsable siempre debe ser seleccionado por su rol en el diseño, formulación y planeación de los planes o políticas de violencia organizada (PPVO), el partícipe determinante contribuye sustancial y efectivamente para que estos PPVO se ejecuten y su selección es optativa. Más que dar respuestas unívocas, esta propuesta busca contribuir al debate y ofrecer herramientas analíticas para orientar el trabajo de la JEP. En particular, apunta a asistir a la Jurisdicción en su labor de esclarecimiento de la verdad y la responsabilidad y en la protección de los derechos de las víctimas del conflicto armado colombiano.
  • Miniatura
    Publicación
    ¿Cómo contribuir a la paz con verdad y justicia? Aportes a la verdad y reconocimiento de responsabilidad por quienes serán seleccionados en la Jurisdicción Especial para la Paz
    Sabine Michalowski; Michael Cruz Rodríguez; Hobeth Martínez Carrillo
    ¿Qué significa ‘reconocer responsabilidad y aportar verdad’ ante la Jurisdicción Especial para la Paz? Esta es la pregunta fundamental que se aborda en el presente documento. Esta pregunta se responde haciendo referencia exclusivamente a aquellos comparecientes que puedan ser seleccionados por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad como máximos responsables o partícipes determinantes. Se parte de la distinción fundamental entre ‘aportes a la verdad’, entendidos como la contribución de información relevante para la JEP que los comparecientes hacen en el contexto de un macrocaso específico, y ‘reconocimiento de responsabilidad’, definido como el acto de admitir la ocurrencia de crímenes expresados en patrones y políticas de macrocriminalidad y el rol desempeñado en ellos. El documento presenta y analiza diferentes situaciones problemáticas que se pueden presentar en relación con dichos aportes a la verdad y reconocimiento de responsabilidad, a saber: los aportes parciales a la verdad; la valoración de la verdad subjetiva de los comparecientes; la posibilidad de controvertir la determinación de los hechos y conductas como presupuesto para materializar el principio dialógico; la relación entre el reconocimiento del patrón de macrocriminalidad y el reconocimiento de los hechos particulares; el alcance de la aceptación de responsabilidad; y la relación entre reconocer la responsabilidad y la selección como máximo responsable o partícipe determinante. Con base en el análisis de estas situaciones, en la sección final del documento se plantea un listado de recomendaciones específicas a la JEP sobre cómo enfrentar dichas dificultades.
  • Miniatura
    Publicación
    Más allá de los máximos responsables. Los partícipes no determinantes en los crímenes más graves y representativos ante la Jurisdicción Especial para la Paz
    Sabine Michalowski; Michael Cruz Rodríguez
    El presente documento se pregunta cómo definir la situación jurídica de los comparecientes que no hayan tenido participación determinante en los crímenes más graves y representativos ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Mientras que la situación jurídica de los máximos responsables en estos crímenes tiene que ser definida por vía de selección y sanción, la de los comparecientes con participación no determinante puede variar entre tratamientos penales especiales no sancionatorios (rutas de selección negativa) o, excepcionalmente, la selección con fines de imponer sanciones propias o alternativas inferiores a cinco años (rutas de selección positiva excepcional). En ese sentido, las preguntas principales que orientan esta reflexión son: ¿qué es la participación no determinante en los crímenes más graves y representativos? y ¿cómo definir la situación jurídica de aquellos comparecientes que pertenecen a esta categoría? El propósito de este documento es estudiar distintas opciones y su conveniencia para el trabajo de la JEP. Así, el texto se divide en tres partes. La primera examina el concepto de participación no determinante en los crímenes más graves y representativos. La segunda describe la definición de las situaciones jurídicas mediante el proceso de selección gradual, en las rutas de selección positiva excepcional y las rutas de selección negativa (o no selección) de los partícipes no determinantes. Para finalizar, la tercera plantea algunas recomendaciones sobre el tratamiento penal especial de estos comparecientes en la JEP.
  • Miniatura
    Publicación
    Reflexiones sobre la remisión temprana de comparecientes a la Unidad de Investigación y Acusación. El caso fundacional de Almario Rojas
    Sabine Michalowski; Michael Cruz Rodríguez
    En el contexto de la investigación por macrocasos que debe adelantar la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la SRVR debe remitir a aquellos responsables que no reconocen su responsabilidad por los crímenes más graves y representativos a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) para que se inicie un procedimiento adversarial. Lo que no esta del todo claro es si esta remision debería hacerse antes o después de expedirse un Auto de Determinación de Hechos y Conductas (ADHC) en el que se definen los patrones y políticas de macrocriminalidad y se identifican e imputan los máximos responsables. El presente texto analiza las implicaciones del caso de Luis Fernando Almario Rojas, el primer caso de una remisión temprana antes de la expedición de un ADHC . Una de las preocupaciones mas importantes que plantea el caso de Almario es la de cuáles son los problemas potenciales con identificar un máximo responsable en una etapa temprana, fuera de un ADHC que evalúa la máxima responsabilidad en el contexto de una determinación exhaustiva de las políticas y patrones de la macrocriminalidad en los que se da esta responsabilidad. ¿Qué elementos definen un presunto máximo responsable? ¿Se puede identificar un máximo responsable por su participación en hechos concretos? ¿Podría una remisión temprana alterar el enfoque de investigación por macrocasos hacia una investigación caso a caso? ¿Y qué repercusiones puede tener una decisión como esta para la investigación por macrocasos?