2024-11-01Guarnizo Peralta, D. (2017). Resumen Ejecutivo Sentencia T-543. Derecho en Breve (3). Dejusticia.2745-1879https://doi.org/10.51438/DJguarnizo2017ahttps://publicaciones.dejusticia.org/handle/dejusticia/173Justicia_economicaLa Corte Constitucional resolvió que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) censuró a la organización Educar Consumidores y le advirtió que en adelante no podrá hacer control previo de contenidos informativos. En agosto de 2016, Educar Consumidores, una organización sin ánimo de lucro que trabaja por la implementación de políticas saludables en el país, lanzó un comercial televisado y emitido también en varias emisoras radiales, en el cual se mostraba la cantidad de azúcar de varias bebidas azucaradas. El comercial fue demandado por Postobón S.A., una compañía de bebidas azucaradas colombiana, por supuesta “publicidad engañosa”. En decisión del 7 de septiembre de 2016, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entidad colombiana encargada de vigilar el cumplimiento de los derechos de los consumidores, emitió la Resolución 59.176 ordenando a Educar retirar el comercial de todos los medios en los que circulaba, incluyendo internet. Además, le ordenó “remitir a la Superintendencia de Industria y Comercio toda pieza publicitaria relacionada con el consumo de bebidas azucaradas […] antes de su emisión para que se lleve un control preventivo sobre la información”.Bebidas azucaradasriesgossaludSentencia T-543Resumen Ejecutivo Sentencia T-543